Ajuste de alineaciones en la travesía Casa Inés de Malpartida
El Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia abre el periodo de información pública para el reajuste de viales en la travesía Casa Inés. Tienes un mes para examinar el expediente y presentar tus alegaciones.
Si tienes propiedades o intereses urbanísticos en la zona de la travesía Casa Inés de Malpartida de Plasencia, te afecta una modificación que ya ha comenzado su tramitación. El Ayuntamiento ha aprobado inicialmente un estudio de detalle que busca reajustar las alineaciones de las calles en el ámbito de la unidad OP-4 del Plan General Municipal.
Datos clave
- Plazo
- 1 mes desde la última publicación
- Qué hacer
- Consultar el expediente y presentar alegaciones
- Ubicación
- Travesía Casa Inés, ámbito OP-4
- Dónde consultar
- Sede electrónica o Plaza Mayor, 1
Esta intervención, promovida por Hugo Serrano Pérez, pretende mejorar la configuración viaria actual sin alterar el aprovechamiento del suelo ni perjudicar a los vecinos colindantes. Al tratarse de terrenos clasificados como suelo urbano bajo la ordenanza de extensión tradicional, cualquier pequeño cambio en el trazado requiere pasar por este trámite de información pública.
El expediente completo está disponible para su examen durante un mes, contado desde el día siguiente a la última publicación oficial de este anuncio. Durante este periodo, cualquier interesado puede consultar la documentación técnica y presentar las alegaciones, observaciones o sugerencias que considere oportunas.
Puedes acceder al estudio de detalle de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia. Si prefieres el papel, el informe y los planos están depositados en las dependencias municipales de la Plaza Mayor, número 1, durante el horario habitual de atención al ciudadano.
La propuesta no supone un incremento del aprovechamiento urbanístico ni modifica el destino del suelo, según consta en la documentación técnica obrante en el expediente municipal 263/2026. Es un ajuste técnico. Las alegaciones pueden entregarse por cualquiera de los medios admitidos en la ley de procedimiento administrativo común.
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