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Lista definitiva de médicos de urgencia del Servicio Extremeño de Salud

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El Servicio Extremeño de Salud hace pública la lista de aprobados en la categoría de médicos de urgencia. Los seleccionados tienen diez días para presentar su documentación.

El Servicio Extremeño de Salud ha publicado la lista definitiva de los profesionales que han superado el proceso selectivo para convertirse en médicos de urgencia hospitalaria. Tras meses de concurso-oposición, el Diario Oficial de Extremadura pone nombre a los facultativos que consolidan su plaza en el sistema sanitario regional.

Datos clave

Plazo documental
10 días hábiles
Qué hacer
Presentación telemática de requisitos
Resolución
13 de julio de 2026
Recurso reposición
1 mes

La resolución, firmada el 13 de julio por la directora gerente Encarnación Solís Pérez, detalla los resultados obtenidos por los aspirantes en sus distintas modalidades de acceso. Los listados incluyen desde los médicos que acceden por turno libre hasta los que han consolidado su posición mediante promoción interna o cupo de discapacidad.

Los aspirantes que han obtenido plaza están ahora sujetos a un paso administrativo ineludible: la presentación telemática de la documentación que acredita los requisitos exigidos en la convocatoria. Este trámite cuenta con un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio oficial.

El requerimiento afecta tanto a quienes han logrado una de las plazas ofertadas inicialmente como a los aspirantes adicionales que, por su puntuación, han sido llamados para formalizar su expediente. Entre los llamados en el turno libre figuran, por orden de prelación, profesionales desde Pablo Rafael Gómez Martínez hasta Ester Garrido López.

La documentación exigida es extensa y debe acreditar desde la titulación académica hasta la ausencia de inhabilitaciones o antecedentes penales. Los aspirantes que no cumplan con este plazo, salvo fuerza mayor debidamente justificada, perderán su derecho a ser nombrados personal estatutario fijo.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe la interposición de un recurso de reposición en el plazo de un mes, o bien un recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en un plazo de dos meses, ambos contados desde el día siguiente a la fecha de hoy.

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