Guijo de Galisteo actualiza sus normas de edificación en suelo rústico
La Dirección General de Gestión Sostenible ha dado luz verde al cambio en el planeamiento municipal de Guijo de Galisteo para adaptarlo a la normativa autonómica vigente sin dañar el medio ambiente.
El Ayuntamiento de Guijo de Galisteo tiene vía libre para actualizar su normativa urbanística en suelo rústico. La Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal ha emitido un informe ambiental estratégico favorable, concluyendo que los cambios previstos no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente.
Datos clave
- Estado
- Informe ambiental favorable
- Vigencia
- 4 años
- Objetivo
- Adaptar las normas a la ley LOTUS
- Ámbito
- Suelo no urbanizable del municipio
La modificación busca alinear las antiguas Normas Subsidiarias de 1997 con la actual Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS). El objetivo es borrar las contradicciones entre ambos textos en lo que respecta a la edificación en terrenos rústicos, incluyendo parámetros sobre el número de plantas y la formación de núcleos de población.
El ámbito de actuación comprende todo el suelo no urbanizable del municipio. La resolución confirma que no se alterarán las superficies ni el límite del suelo urbano. Además, se han incluido los montes y terrenos forestales como suelo de Especial Protección Forestal, respondiendo a una petición del órgano forestal, y se ha integrado la Dehesa Boyal en la documentación.
El trámite contó con la consulta de diversas administraciones. La Confederación Hidrográfica del Tajo, por ejemplo, ha recordado que cualquier obra cerca de cauces públicos, incluyendo la zona de policía de 100 metros, requerirá autorizaciones específicas. También se ha puesto el foco en la protección del patrimonio arqueológico existente, con yacimientos como Piedra Escrita o las Queseras del Moro, que deberán respetarse en cualquier futuro proyecto.
Este informe es un paso previo necesario. Sin él, el municipio no podría avanzar en la modernización de su planeamiento. La validez de este documento es de cuatro años. Si el Ayuntamiento no aprueba la modificación en este plazo, el proceso deberá reiniciarse desde el principio.
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