Universidad de Extremadura·Boletín Bien de Extremadura,

La Universidad de Extremadura aprueba su evaluación del desempeño

La Universidad de Extremadura estrena el reglamento para medir el rendimiento de su personal. El sistema vinculará los resultados a la carrera profesional e incluye un periodo de transición hasta 2029.

El personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de Extremadura ya tiene sobre la mesa las reglas del juego para medir su trabajo. La Gerencia ha hecho público el nuevo reglamento que evaluará el desempeño profesional del colectivo, una pieza clave que vinculará el rendimiento con los futuros tramos de carrera profesional horizontal dentro de la institución académica.

Datos clave

Plazo alegaciones
10 días hábiles
Periodo transición
Hasta 2029
Puntuación mínima
60 puntos
Periodicidad
Bienal

La evaluación se hará bienalmente. El sistema se divide en dos áreas principales: el rendimiento profesional, que pondera 60 puntos, y la conducta profesional, que suma los 40 restantes. Para obtener una calificación positiva será necesario alcanzar al menos 60 puntos en total, siempre que se aprueben ambos bloques por separado con un mínimo de 30 y 20 puntos, respectivamente.

El procedimiento anual arrancará con un Acuerdo de Objetivos. Este documento, que debe ser conocido previamente por la persona trabajadora, recogerá los indicadores de medición y los recursos necesarios. Una vez finalizado el periodo, el responsable de cada unidad emitirá un informe motivado con el resultado, garantizando siempre el trámite de audiencia para que cualquier empleado pueda presentar alegaciones en un plazo de 10 días hábiles.

El reglamento introduce un periodo de transición que se extenderá hasta 2029. Se realizarán pruebas piloto entre 2026 y 2028, durante las cuales los resultados no tendrán efectos negativos para el personal evaluado. La implantación definitiva está marcada en el calendario para el primer semestre de 2029.

El sistema cuenta con garantías frente a la arbitrariedad. No podrán utilizarse como fundamento exclusivo de una evaluación negativa las discrepancias personales, el ejercicio de derechos sindicales, los permisos de conciliación o las bajas por maternidad, paternidad o incapacidad temporal.

Habrá una comisión de revisión. Este órgano técnico será el encargado de velar por la aplicación homogénea de los criterios y de resolver las reclamaciones que puedan surgir. Su trabajo busca asegurar que la evaluación sea una herramienta de mejora continua y no solo un trámite más.

El reglamento detalla además un procedimiento simplificado para quienes necesiten acreditar una evaluación positiva durante estos años de transición. Se considerará superada si no existen sanciones disciplinarias firmes o informes desfavorables motivados y basados en hechos objetivos.

Las nuevas reglas de evaluación ya están en vigor.

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