Economía e Industria·Boletín Bien de Galicia,

Nueva instalación eléctrica en Forcarei: afecta a terrenos en Gaxín

Una nueva instalación eléctrica en el lugar de Gaxín, en Forcarei, requiere la ocupación de terrenos. Los afectados tienen 30 días hábiles para presentar alegaciones.

Si tienes tierras en la zona de Gaxín, en Forcarei, este anuncio te interesa directamente. UFD Distribución Electricidad ha solicitado autorización para una nueva instalación eléctrica que implica, además del tendido y un centro de seccionamiento, la ocupación de terrenos privados. El expediente ya está sobre la mesa de la administración autonómica.

Datos clave

Afectado
Celso Campos González
Plazo
30 días hábiles
Dónde consultar
Edificio Administrativo Campolongo
Ocupación temporal
258 m2

El proyecto, titulado como LMTA, LMTS y CS en el lugar de Gaxín, busca modernizar la red con nuevos apoyos de celosía y el soterramiento de varias líneas de media tensión. Los trabajos incluyen la sustitución de 76 metros de conductor y la instalación de un centro de seccionamiento en una parcela concreta.

La tramitación incluye la declaración de utilidad pública y la urgente ocupación de bienes. Esto significa que la administración abre ahora un periodo para que cualquier persona afectada o interesada pueda revisar el expediente y presentar las alegaciones que considere necesarias.

El anexo oficial señala a Celso Campos González como titular de la parcela rústica afectada, con una superficie de ocupación temporal de 258 metros cuadrados y una afección de pleno dominio de dos metros cuadrados. Es el único afectado directo que aparece en la relación catastral publicada.

Tienes treinta días hábiles desde este viernes para consultar toda la documentación técnica. Puedes acudir a la Sección de Energía del Departamento Territorial de Pontevedra, en el edificio administrativo Campolongo, previa cita en el 986 80 52 37.

La información también está disponible en el portal de transparencia de la Consellería de Economía e Industria. Recuerda que, durante este plazo, cualquier alegación debe fundamentarse en lo previsto en el Real decreto 1955/2000.

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