Medio Rural·Boletín Bien de Galicia,

O Carballiño reconoce Da Costiña y Da Gouxiña como monte vecinal

El monte Da Costiña y Da Gouxiña, en O Carballiño, ya es oficialmente monte vecinal. La resolución del Jurado Provincial de Ourense protege 3,05 hectáreas de uso histórico vecinal.

Los vecinos de Ponte Veiga, en O Carballiño, tienen desde esta semana un reconocimiento oficial sobre el terreno que han estado usando históricamente. El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense ha resuelto formalmente que los parajes conocidos como Da Costiña y Da Gouxiña pasen a ser considerados monte vecinal en mano común.

Datos clave

Superficie total
3,05 ha
Ubicación
Parroquia de Ponte Veiga, O Carballiño
Titular
CMVMC de Ponte Veiga
Recurso reposición
1 mes

La resolución culmina un proceso iniciado hace más de un año, concretamente el 26 de mayo de 2025, cuando un vecino del lugar, Delmiro Francisco Pérez Suárez, presentó la solicitud formal ante la Consellería de Medio Rural. Tras el periodo de instrucción y la apertura de un mes para alegaciones donde no se registró oposición alguna, el organismo provincial ha confirmado por unanimidad que el uso y disfrute de estos terrenos pertenece legítimamente a la comunidad vecinal.

La superficie total clasificada suma 3,05 hectáreas. Este suelo no se gestiona como una entidad administrativa, sino como un bien común destinado al aprovechamiento de los vecinos, manteniendo así una tradición agraria que el Tribunal Supremo protege a través de su doctrina de aprovechamiento consuetudinario.

El área se divide en dos fincas diferenciadas. La finca Da Costiña comprende una parte de la parcela catastral 32020A02200662. Por su parte, la finca Da Gouxiña, identificada con la referencia catastral 32020A03300275, se integra ahora en un coto redondo junto con otros montes ya clasificados con anterioridad en la parroquia, como son A Costa, O Pareisal, A Lagoa, O Campo da Festa y Escoirede.

Este es un trámite definitivo. No hay más pasos pendientes de clasificación.

La resolución, firmada el 2 de julio de 2026 por el presidente del jurado, José Antonio Armada Pérez, agota la vía administrativa. Aquellos interesados en impugnar esta decisión tienen un mes para interponer un recurso de reposición ante el mismo jurado, o dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa ante los juzgados de Ourense.

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