Nace la Comisión Técnica de Fiscalización en el Consejo de Cuentas
El Consejo de Cuentas de Galicia estrena un nuevo órgano técnico consultivo para homogeneizar sus informes. Te contamos cómo funcionará la comisión y los plazos para completar su plantilla.
El Consejo de Cuentas de Galicia cuenta desde esta semana con un nuevo engranaje interno, la Comisión Técnica de Fiscalización (CTFIS), un órgano consultivo diseñado para pulir la calidad y unificar los criterios metodológicos en el control de las cuentas públicas. La creación de este grupo, oficializada por el Pleno el pasado 16 de septiembre, nace con el propósito de elevar la eficiencia en las auditorías sin que el despliegue suponga un solo euro extra de gasto público ni nuevos puestos de trabajo.
Datos clave
- Órgano
- Comisión Técnica de Fiscalización (CTFIS)
- Plazo designación
- 30 días desde el 25 de septiembre de 2026
- Mandato
- 3 años
- Adscripción
- Sección de Fiscalización
La comisión se integra en la estructura actual del órgano fiscalizador gallego, aprovechando el personal y los recursos presupuestarios que ya estaban operativos. El objetivo es que los informes de fiscalización sigan una línea técnica homogénea, reduciendo las dudas metodológicas y facilitando la labor de los equipos visadores cuando surjan discrepancias. El propio Plan Estratégico 2023-2028 de la institución contemplaba este movimiento bajo su objetivo 1.2.
La composición de la nueva CTFIS combina veteranía y representación departamental. La presidencia recaerá, por definición del puesto, en el auditor director técnico (ADT) del Consejo, mientras que los vocales serán auditores designados por cada uno de los departamentos sectoriales. Un auditor del Área de Coordinación General asumirá la secretaría. La designación de los miembros por parte de los conselleiros deberá producirse antes del próximo 25 de octubre, completando así el equipo que ostentará el cargo por periodos de tres años.
Las funciones del órgano son técnicas y consultivas. Entre otras tareas, la comisión asesorará en la actualización de los manuales de fiscalización, revisará anualmente una muestra de informes para detectar debilidades recurrentes y emitirá informes sobre las consultas técnicas planteadas por los consejeros o los equipos de trabajo. En ningún caso este órgano tendrá capacidad para adoptar decisiones que sustituyan a las de la Sección de Fiscalización o al Pleno del Consejo.
El funcionamiento se rige por normas de operatividad ágiles, permitiendo la creación de grupos de trabajo internos y estableciendo un calendario mínimo de dos reuniones al año. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos, reservando a la presidencia un voto de calidad en caso de empate técnico. La comisión se considera válidamente constituida cuando asistan a sus reuniones el presidente y la mayoría de sus integrantes. Las sesiones tendrán una convocatoria previa de cuatro días, o de apenas 48 horas en casos de extrema urgencia.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.