Convenio de Autopistas del Atlántico: claves para 2025-2028
El nuevo convenio colectivo de Autopistas del Atlántico, publicado en el DOG, detalla los incrementos salariales hasta 2028 y las condiciones laborales para toda la plantilla en Galicia.
El convenio colectivo de Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, S.A., ya es oficial para el periodo comprendido entre 2025 y 2028. La Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales ha ordenado su registro y depósito, oficializando así las condiciones pactadas para el personal en A Coruña y Pontevedra. El texto, publicado este 28 de octubre en el Diario Oficial de Galicia, consolida la relación laboral entre la empresa y su plantilla.
Datos clave
- Vigencia
- 1 de enero de 2025 a 31 de diciembre de 2028
- Ámbito
- Provincias de A Coruña y Pontevedra
- Jornada máxima
- 1.712 a 1.752 horas anuales
- Fondo préstamos
- 390.658 €
La vigencia del acuerdo es retroactiva. El documento retrotrae sus efectos al 1 de enero de 2025 y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2028. El convenio incluye el detalle de jornadas, condiciones salariales, mejoras sociales y un protocolo específico para la prevención del acoso, además de regular el Plan LGTBIQ+ de la empresa.
El documento establece jornadas máximas anuales de 1.712 horas para oficinas centrales y 1.752 horas para el personal de peaje sujeto a turnos, entre otros. Las retribuciones fijas, que incluyen sueldo convenio, complemento de puesto, complemento de tráfico y antigüedad, se distribuirán en catorce pagas. Los incrementos salariales se vincularán al IPC definitivo de cada ejercicio anterior, con un plus adicional que varía según el año: 0,45 por ciento para 2025, 0,75 para 2026 y 2027, y 1 por ciento para 2028.
La empresa también ha regulado préstamos de vivienda y anticipos sobre haberes, con fondos globales limitados a 390.658 euros y 57.097 euros respectivamente. El texto incorpora además una disposición sobre jubilación parcial, manteniendo el acuerdo colectivo de 2013 como referencia para las condiciones de relevo hasta que se cumpla la edad ordinaria de jubilación.
La firma del convenio, con fecha de octubre de 2026, cierra un proceso de negociación que involucró al Comité Intercentros y a la representación de la empresa. Las partes firmantes han habilitado a una Comisión Mixta, con domicilio social en la calle Alfredo Vicenti 15, en A Coruña, para la interpretación y vigilancia de todas estas cláusulas.
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