1,2 millones de euros para contratar agentes de empleo en Galicia
La Xunta abre el plazo de un mes para pedir subvenciones destinadas a la contratación de agentes de empleo en entidades sociales. El fondo cuenta con 1,2 millones de euros para cubrir costes salariales durante un año.
Las entidades sin ánimo de lucro de Galicia tienen desde este viernes una nueva línea de ayudas para apuntalar sus equipos de atención social. La Consellería de Empleo, Comercio y Emigración ha convocado una partida de 1,2 millones de euros destinada a financiar la contratación, o la prórroga de contratos vigentes, de agentes de empleo y unidades de apoyo que trabajan en la inserción laboral de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
Datos clave
- Plazo
- 1 mes desde la publicación
- Beneficiario
- Entidades sin ánimo de lucro de Galicia
- Cuantía
- Fondo de 1.200.000 €
- Cómo solicitar
- Vía electrónica
La subvención busca cubrir costes salariales y de Seguridad Social. El importe máximo de la ayuda se calcula a partir de dos módulos distintos: el Módulo C, reservado para agentes de empleo, que cubre hasta tres veces el IPREM más pagas extraordinarias y cotizaciones, y el Módulo B, para las unidades de apoyo, que cubre el equivalente a dos veces el IPREM. En ambos casos, las cuantías se reducen si la jornada laboral de la persona contratada no es completa.
Para acceder a estos fondos, las entidades deberán estar adheridas a la red XATEmprego y registrar en esta aplicación todas las actividades que realicen con el personal subvencionado. El periodo de contratación objeto de estas ayudas abarca los ejercicios 2026 y 2027, con una duración máxima de 12 meses por contrato.
La selección de personal corresponde a la propia entidad beneficiaria, aunque se exige que el perfil profesional sea acorde a las funciones a realizar. La contratación es incompatible con que la persona elegida ejerza funciones directivas en la entidad, una limitación que se extiende también a sus familiares de hasta segundo grado, ya sean por consanguinidad o afinidad.
Si el contrato se extingue antes de tiempo, la entidad puede contratar a otra persona para cubrir el periodo restante, siempre que formalice el relevo en los 30 días posteriores a la baja en la Seguridad Social. La solicitud debe presentarse obligatoriamente por vía electrónica, y la administración resolverá en un plazo máximo de tres meses.
Las entidades premiadas con estas ayudas asumen obligaciones estrictas de transparencia y gestión, incluyendo la colocación de un cartel informativo en el lugar del servicio y el uso obligatorio de la imagen corporativa de la red de técnicos de empleo. El incumplimiento de estas normas puede derivar en la pérdida de la subvención o la exigencia de reintegro de los fondos, con recargos que pueden llegar al 100 por cien del gasto subvencionado si no se justifica correctamente la actividad.
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