Mar·Boletín Bien de Galicia,

Ayudas para armadores gallegos por la parada pesquera de 2026

La Xunta convoca las compensaciones por la inactividad obligatoria de la flota en el Golfo de Vizcaya. El plazo para solicitar estos fondos ya está abierto para los armadores que cumplan los requisitos de actividad.

Los armadores gallegos que tuvieron que amarrar sus barcos a principios de año ante la prohibición de faenar en el Golfo de Vizcaya ya pueden reclamar las compensaciones. La Xunta ha publicado en el Diario Oficial de Galicia la convocatoria de ayudas para cubrir los costes de esa paralización obligatoria, impuesta por la Comisión Europea para reducir las capturas accidentales de delfines.

Datos clave

Plazo
1 mes desde el 5 de septiembre
Beneficiario
Armadores con buques registrados en Galicia
Cuantía
Fondo de 376.330,46 €
Cómo solicitar
Sede electrónica de la Xunta
Requisitos
120 días de actividad en 2024 y 2025

La orden, que busca paliar el golpe económico de tener la flota parada entre el 22 de enero y el 20 de febrero de 2026, cuenta con un presupuesto total de 376.330,46 €. Este importe se divide entre el 70 % de fondos europeos FEMPA y el 30 % restante de fondos estatales.

Para acceder a estas ayudas, el buque debe estar registrado en Galicia y haber acreditado al menos 120 días de actividad pesquera durante los años 2024 y 2025. El cálculo de la ayuda es técnico: se basa en una fórmula que multiplica el arqueo bruto del buque y los 22 días de parada subvencionables por un baremo de primas que varía según el arte de pesca empleado.

La norma establece primas que van desde los 19,03 € por día para la pesca artesanal hasta los 157,57 € diarios para la modalidad de cerco. Los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La solicitud debe tramitarse obligatoriamente de forma electrónica a través de la sede de la Xunta. Los armadores tienen exactamente un mes para presentar su documentación a contar desde el 5 de septiembre, día siguiente a la publicación de la norma en el boletín oficial.

La gestión es estricta. La paralización debe constar en el rol electrónico del buque y no se admitirán ventas de pesca durante ese mes de inactividad obligada, salvo los movimientos justificados por seguridad o reparaciones.

El silencio administrativo es negativo. Si en cuatro meses no hay resolución, se entiende denegada.

El dinero llega rápido. El pago podrá efectuarse en el mismo acto administrativo que la concesión de la ayuda, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos de justificación.

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