Mar·Boletín Bien de Galicia,

4 millones para maquinaria de regeneración en bancos marisqueros

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La Xunta abre una línea de 4 millones de euros para que las cofradías y entidades de cogestión adquieran maquinaria de regeneración antes de diciembre.

Las cofradías de pescadores, organizaciones de productores y cooperativas del mar tienen desde hoy una nueva línea de ayudas para financiar equipamiento necesario en sus planes de regeneración. La Consellería del Mar ha publicado la convocatoria para 2026, que cuenta con un fondo total de 4.000.000 € para impulsar medidas de conservación de la biodiversidad y los ecosistemas marinos en Galicia.

Datos clave

Cierra en 25 días
Plazo
Hasta el 26 de octubre de 2026
Cuantía
Fondo de 4.000.000 €
Beneficiario
Cofradías y entidades de cogestión
Cómo solicitar
Sede electrónica de la Xunta

El objeto de esta inversión es la compra de maquinaria específica para la regeneración de bancos marisqueros. Los proyectos subvencionables incluyen la adquisición de tractores, elementos remolcadores para aradura y motocultores mecánicos. El importe máximo por proyecto se fija en 200.000 € (sin IVA), y cada entidad solo puede presentar una solicitud.

La financiación se reparte en un 70 por ciento con fondos europeos FEMPA y un 30 por ciento con cargo al presupuesto autonómico. Es indispensable que los proyectos tengan carácter colectivo y que las entidades solicitantes sean titulares de planes marisqueros en régimen de cogestión con sede en la Comunidad.

La tramitación es exclusivamente electrónica a través de la sede de la Xunta de Galicia. Si la inversión supera los contratos menores, los solicitantes deben presentar al menos tres ofertas de diferentes proveedores y justificar la elección si no optan por la propuesta económica más ventajosa.

El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas termina el 30 de noviembre de 2026, y la justificación de los gastos debe realizarse antes del 15 de diciembre del mismo año. Los beneficiarios deben comprometerse a mantener los bienes inventariables al servicio del fin concreto durante un periodo de dos años, o cinco si el bien es inscribible en un registro público.

Para facilitar el arranque de las inversiones, las entidades podrán solicitar un anticipo de hasta el 90 por ciento de la subvención concedida. Esta petición debe cursarse en los quince días hábiles siguientes a la notificación de la resolución. Las entidades que no presenten su solicitud a través de la sede electrónica serán requeridas para subsanar el error, tomando como fecha de registro oficial el día en que completen dicho trámite.

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