Medio Ambiente y Cambio Climático·Boletín Bien de Galicia,

Emergencia cinegética en Ourense: control del jabalí hasta 2027

La provincia de Ourense declara la emergencia cinegética temporal ante el aumento de daños y el riesgo sanitario. Estas son las medidas y plazos que afectan a cazadores y propietarios hasta mediados de 2027.

Si vives o trabajas en el campo de Ourense, ya sabes que el jabalí ha dejado de ser un visitante ocasional para convertirse en un problema diario que condiciona los cultivos y la seguridad en nuestras carreteras. La Xunta ha declarado formalmente la emergencia cinegética temporal en toda la provincia, una medida diseñada para agilizar los permisos de control y reducir densidades ante el riesgo sanitario que supone la Peste Porcina Africana.

Datos clave

Plazo
Hasta el 31 de julio de 2027
Qué hacer
Comunicar resultados en 15 días naturales
Zonas libres
Solicitar autorización con 10 días de antelación
Terrenos no cinegéticos
Solicitar autorización con 15 días de antelación

Esta declaración, efectiva hasta el 31 de julio de 2027, permite intensificar las capturas tanto en terrenos cinegéticos como en zonas no cinegéticas. Se autoriza abatir ejemplares sin límite, con especial foco en hembras adultas y subadultas para frenar la expansión de la población.

En terrenos cinegéticos, durante el periodo hábil oficial que arranca el 15 de agosto de 2026, las cacerías podrán celebrarse cualquier día de la semana. Solo es necesario realizar una comunicación previa al Departamento Territorial de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático para aquellas jornadas que no estuvieran ya contempladas en el plan anual de aprovechamiento.

Las zonas libres de caza son otra historia. Aquí toda acción requiere autorización expresa y debe solicitarse con diez días de antelación. Además, entre el 15 de agosto y el 28 de febrero, estas cacerías solo podrán programarse los lunes, martes, miércoles y viernes, siempre que no sean festivos.

Fuera del periodo hábil, la normativa se vuelve más estricta. Las medidas paliativas, como el uso de perros atraillados o esperas, requieren solicitud previa y se autorizarán siguiendo el orden de prioridad establecido en el anexo de esta resolución. La seguridad es la prioridad.

Los terrenos no cinegéticos también entran en el plan. Cualquier procedimiento de captura en estas áreas necesita autorización, y la solicitud debe presentarse ante el Departamento Territorial al menos 15 días antes de la fecha prevista. El plazo máximo para recibir respuesta es de un mes, con silencio administrativo desestimatorio.

La tecnología también suma al control. Se permite excepcionalmente el uso de visores nocturnos con convertidores o amplificadores de luz, así como detectores de presencia para las esperas, siempre bajo permiso expreso de la Dirección General de Patrimonio Natural.

Todo ejemplar capturado debe llevar su precinto. La comunicación de los resultados es obligatoria en un plazo de 15 días naturales tras la actividad, utilizando los procedimientos telemáticos habilitados para ello.

El jabalí no entiende de fronteras. Las medidas pueden suspenderse si el riesgo remite.

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