El parking de autocaravanas de Igara, denegado por la Diputación
La Diputación Foral de Gipuzkoa rechaza definitivamente el proyecto para instalar una zona de autocaravanas en el camino de Igara al no cumplir con los requisitos urbanísticos exigidos.
El camino de Igara, a la altura de las parcelas 243 y 374 en San Sebastián, no se convertirá por ahora en el área de autocaravanas que pretendía el proyecto presentado. La Diputación Foral de Gipuzkoa ha cerrado la puerta al recurso de alzada interpuesto por Jesús M.ª Cilveti Guevara contra la resolución que ya denegó en abril la declaración de interés público necesaria para la obra.
Datos clave
- Estado
- Recurso desestimado
- Ubicación
- Camino de Igara, parcelas 243 y 374
- Recurso
- Contencioso-administrativo (2 meses)
No. El proyecto es inviable bajo esta figura.
El núcleo del conflicto reside en la normativa urbanística que regula el suelo no urbanizable. Para que la Diputación otorgue la declaración de interés público, la ley exige dos pilares básicos: que una normativa sectorial reconozca explícitamente el interés público de esa actividad y que su ubicación sea estrictamente necesaria en suelo rústico por una vinculación funcional directa con el medio rural. El informe de la administración foral concluye que el promotor no ha logrado justificar ninguno de estos dos puntos.
El recurso de alzada aportó nuevos informes de apoyo, incluyendo el respaldo del Ayuntamiento de San Sebastián, de la sociedad municipal Donostia Turismo y del club Vencejo-Sorbeltz. Argumentaban criterios de movilidad, demanda social y ordenación del tráfico, pero la Diputación señala que tales argumentos, aunque válidos desde otras ópticas, no sirven para sortear la exigencia de la legislación urbanística. El proyecto, en esencia, carece del respaldo jurídico necesario para ser declarado de interés público en esa zona concreta.
La administración foral recuerda que la desestimación no significa el fin de toda posibilidad urbanística para el suelo, sino que el cauce utilizado no es el adecuado. El Ayuntamiento de San Sebastián dispone de otros mecanismos previstos en su planeamiento vigente para canalizar este tipo de actividades si considera que la ciudad las necesita.
La orden foral, firmada el 30 de julio de 2026 por la secretaria técnica Miren Itziar Miner Canflanca, pone fin a la vía administrativa. Contra esta decisión solo cabe ya presentar un recurso contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente en un plazo de dos meses.
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