Ayuntamiento de Irun·Boletín Bien de Gipuzkoa,

Irun ajusta sus tasas municipales según la capacidad económica

Plazo de solicitudAbierto hasta el 18 de septiembre de 2026Quedan 25 días

El Ayuntamiento de Irun ha aprobado inicialmente una modificación en sus tasas municipales. El objetivo es ajustar los pagos a la capacidad económica real del contribuyente.

Irun se prepara para ajustar cómo pagan los vecinos por los servicios públicos que reciben del Ayuntamiento. El Pleno ha dado luz verde inicial a una modificación en la ordenanza fiscal, introduciendo un nuevo criterio de capacidad económica que busca adaptar las tasas a la realidad de cada contribuyente.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 18 de septiembre de 2026
Qué hacer
Consultar el texto y formular alegaciones
Dónde
Sede electrónica de Irun o SAC
A quién recurrir
Ayuntamiento Pleno

El cambio afecta a la ordenanza que regula las tasas por la prestación de servicios públicos y la realización de actividades administrativas municipales. El Ayuntamiento busca con esta medida que la aportación sea más equitativa.

Todo el expediente ya es público. Si tienes alguna duda o consideras que el nuevo planteamiento te afecta de forma injusta, este es el momento de revisar el texto. El Ayuntamiento ha abierto el periodo oficial de exposición para que cualquier persona legitimada pueda consultar los detalles y, si procede, presentar sus reclamaciones.

El plazo es claro. Tienes 30 días hábiles para examinar el acuerdo y presentar tus alegaciones, contados a partir del siguiente día hábil a esta publicación.

La consulta es sencilla. Puedes revisar el documento íntegro en la sede electrónica del Ayuntamiento de Irun o a través del Portal de Transparencia Municipal.

Las reclamaciones deben ir dirigidas al Pleno. Tienes varias vías para entregarlas: desde la sede electrónica municipal hasta las oficinas de atención al ciudadano (SAC), pasando por cualquiera de los registros oficiales previstos por la ley.

Si nadie presenta objeciones, el acuerdo se entenderá aprobado definitivamente al finalizar este plazo. El silencio administrativo aquí cuenta como un sí.

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