Ayuntamiento de Zumaia·Boletín Bien de Gipuzkoa,

Ayudas al alquiler de locales comerciales para nuevos negocios en Zumaia

El Ayuntamiento de Zumaia convoca ayudas para alquileres comerciales dirigidas a nuevos emprendedores. Tienes 15 días para solicitar una partida de 15.000 euros destinada a revitalizar el tejido minorista local.

Zumaia abre la puerta a nuevos negocios con una línea de ayudas destinada a cubrir parte de los alquileres de locales comerciales situados en el casco urbano. Si estás pensando en emprender en el sector minorista, el Ayuntamiento ha reservado una partida para apoyar el inicio de tu actividad y favorecer el relevo generacional en los comercios locales.

Datos clave

Plazo
Hasta el 6 de octubre
Beneficiario
Nuevos emprendedores del sector minorista
Cuantía
Fondo de 15.000 €
Cómo solicitar
Registro municipal o sede electrónica

La dotación presupuestaria total asciende a 15.000 euros. Esta cantidad está destinada a sufragar los costes de arrendamiento de locales en suelo urbano de Zumaia, siempre que la actividad encaje en los epígrafes del impuesto de actividades económicas definidos en las bases: desde la venta de fruta, pan o prensa hasta servicios como peluquerías, tintorerías o fotocopiadoras.

El plazo para presentar tu solicitud comenzará el 21 de septiembre y estará abierto durante 15 días naturales, por lo que tienes hasta el 6 de octubre para registrar tu petición. Si eres persona física, puedes presentar la documentación de forma presencial en el Registro municipal o tramitarla electrónicamente; si eres persona jurídica, el envío debe realizarse obligatoriamente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.

Es fundamental tener en cuenta que estas ayudas no cubren traslados de negocios existentes, sino que están pensadas específicamente para nuevas iniciativas. Los beneficiarios deberán justificar los pagos de alquiler correspondientes al último trimestre de 2025 y a los tres primeros trimestres de 2026 en el momento de la solicitud inicial.

Para los pagos posteriores, el Ayuntamiento establece un sistema de justificación trimestral: deberás presentar las facturas y recibos de la renta en los 15 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural. El pago de la ayuda se realizará a trimestre vencido, una vez comprobada la documentación aportada.

El abono de la primera parte de la subvención se dictará en una resolución que verá la luz antes del 31 de diciembre de 2026. Si tienes dudas sobre los documentos necesarios, el artículo 6 de las bases generales detalla toda la relación de papeles que deberás adjuntar junto con tu formulario de petición.

Las bases excluyen explícitamente cualquier actividad que no figure en el listado de epígrafes comerciales permitidos. Si tu proyecto encaja, prepara la documentación con tiempo, ya que la puntualidad en los registros trimestrales será clave para recibir las cuantías correspondientes sin demoras ni requerimientos adicionales.

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