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Ayuntamiento de Zumarraga·Boletín Bien de Gipuzkoa,

Zumarraga reordena su gestión: qué poderes delega Mikel Serrano

El Ayuntamiento ajusta las atribuciones de la Alcaldía y la Junta de Gobierno Local para agilizar la toma de decisiones en contratos, obras y servicios municipales.

El alcalde de Zumarraga, Mikel Serrano, ha firmado un nuevo decreto que reorganiza el mapa de competencias municipales, buscando una gestión más ágil para el día a día del ayuntamiento. Desde este mes de junio, la estructura de toma de decisiones se reparte de forma más precisa entre la Alcaldía, la Junta de Gobierno Local y los concejales delegados, dejando atrás decretos previos que quedan ahora sin efecto.

Datos clave

Contratos Obras
La Junta de Gobierno gestiona obras superiores a 400.000 €
Servicios y Suministros
La Junta de Gobierno gestiona importes superiores a 175.000 €
Patrimonio y Convenios
La Junta de Gobierno gestiona importes superiores a 100.000 €
Qué cambia
Concejales delegados asumen contratos menores de obras, servicios y suministros

Para los vecinos, el cambio se traduce principalmente en una mayor operatividad administrativa. Los concejales delegados asumen ahora competencias directas sobre contratos menores de obras, servicios y suministros, incluyendo aquellos gestionados a través de la Central de Contratación de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Esto implica que, para pequeñas intervenciones necesarias en el pueblo, los expedientes ya no tendrán que pasar obligatoriamente por el despacho de la Alcaldía para cada firma de factura o certificación de obra.

La Junta de Gobierno Local, por su parte, gana peso como órgano colegiado. Asume la contratación de obras cuando el precio estimado supere los 400.000 euros, siempre que no sobrepase el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto anual. En el caso de servicios y suministros, ese umbral para la Junta se sitúa por encima de los 175.000 euros.

El decreto también marca fronteras claras para el patrimonio y las subvenciones. La Junta de Gobierno gestionará enajenaciones o adquisiciones de patrimonio y convenios con contraprestación económica que superen los 100.000 euros, siempre manteniéndose por debajo del límite del 10% de los recursos ordinarios del presupuesto. Por encima de estos importes, las decisiones vuelven a la estructura central del Pleno.

Serrano se reserva, eso sí, la última palabra en los gastos periódicos y compromisos legales ineludibles, como las nóminas del personal municipal y las cuotas de la Seguridad Social. Estas autorizaciones se entienden ya dispuestas con la aprobación presupuestaria anual, garantizando que el funcionamiento interno de la institución no se detenga ante gestiones rutinarias.

Los expedientes de gastos seguirán su cauce tradicional, iniciando su recorrido mediante una memoria técnica que justifique la necesidad de la inversión. Como es habitual, el Interventor de Fondos emitirá el informe preceptivo de control antes de que cualquier movimiento económico vea la luz, blindando el rigor en la gestión pública.

Esta reordenación no es un capricho estacional, sino una adecuación a la normativa de contratos del sector público vigente. La nueva estructura ya ha sido trasladada a los concejales delegados y a la Junta de Gobierno, y se integrará formalmente en las bases de ejecución del presupuesto para asegurar que el ayuntamiento camine con una sola voz en su actividad contable.

Si algún interesado tiene dudas sobre la validez de un acto administrativo dictado por un concejal delegado, el decreto recuerda que el recurso de reposición sigue siendo la vía, y será el propio Alcalde quien dirima finalmente la cuestión. El Ayuntamiento, al pie de la letra de la ley, busca con esto que los papeles no se queden atascados en el txoko de la burocracia.

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