Nuevo convenio para el servicio de ayuda a domicilio en Legazpi
Aralia Servicios Sociosanitarios y sus trabajadores sellan un nuevo convenio para los servicios de Legazpi. El acuerdo fija condiciones para 2027, incluyendo una paga excepcional y la regulación de jornadas y licencias.
El servicio de ayuda a domicilio y las viviendas tuteladas de Meazti Etxea en Legazpi cuentan desde este mes con un nuevo marco laboral. Aralia Servicios Sociosanitarios y su representación laboral han ratificado un convenio colectivo que regirá las condiciones de trabajo de quienes atienden estas necesidades comunitarias durante el próximo ejercicio.
Datos clave
- Vigencia
- 1 de enero de 2027 al 31 de diciembre de 2027
- Jornada
- 1.592,5 horas anuales (35 horas semanales)
- Incremento
- 10% sobre las tablas salariales de 2026
- Paga excepcional
- 200 € brutos (no consolidable)
El documento, que entra en vigor el 1 de enero de 2027 y se extiende hasta el 31 de diciembre del mismo año, establece una jornada máxima de 1.592,5 horas anuales, lo que equivale a un cómputo semanal de 35 horas. Se incluye una flexibilidad del tres por ciento de la jornada anual, siempre que se respeten los descansos mínimos y exista un preaviso de cinco días al inicio del trabajo. Esta flexibilidad queda invalidada si perjudica contratos suscritos con otras empresas del sector.
La plantilla de Aralia en Legazpi, que abarca categorías como auxiliares, monitoras y coordinadoras de servicios, verá sus retribuciones mínimas actualizadas a partir de 2027 mediante un incremento del diez por ciento sobre las tablas vigentes de 2026. Además, se contempla una paga excepcional y no consolidable de 200 euros brutos para el personal a jornada completa, proporcional al tiempo trabajado, vinculada a los posibles retrasos en la aplicación de estas nuevas tablas salariales por el inicio del nuevo contrato administrativo del servicio.
El convenio regula minuciosamente aspectos como las licencias retribuidas, incluyendo 20 días naturales por matrimonio y días específicos por fallecimiento o nacimiento. Las ausencias justificadas por acompañamiento a consultas médicas cuentan con un límite conjunto de 20 horas anuales. En caso de hospitalización, la empresa complementará el salario hasta la totalidad durante el periodo que dure el ingreso.
La estabilidad del empleo es un eje central, con una apuesta por la contratación indefinida como modalidad de referencia. Asimismo, se garantiza la subrogación del personal en caso de cambio de titularidad de la contrata, blindando los derechos adquiridos de los trabajadores, incluyendo la antigüedad y la categoría, para evitar la pérdida de condiciones durante las transiciones entre empresas prestadoras del servicio.
La seguridad laboral se refuerza con la obligatoriedad de la revisión médica anual, que para las trabajadoras incluirá un examen ginecológico si así lo solicitan. El convenio también establece una comisión mixta paritaria, conformada por tres representantes de la empresa y tres de los sindicatos, que actuará como órgano de interpretación, arbitraje y vigilancia para asegurar el cumplimiento de lo pactado hasta que expire el periodo de vigencia.
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