Campaña del Impuesto sobre Sociedades 2025: novedades y modelos 200/220
Hacienda aprueba los nuevos modelos para cerrar el ejercicio 2025 en Gipuzkoa. El plazo general termina el 27 de julio de 2026 y te contamos las novedades fiscales.
Las empresas guipuzcoanas ya tienen sobre la mesa la orden foral que regula el cierre contable y fiscal del ejercicio 2025. El Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa ha publicado los nuevos modelos 200, 220, 20G y 22G, marcando el inicio de una campaña clave para determinar el resultado de la actividad económica de las sociedades y entidades jurídicas del territorio.
Datos clave
- Plazo Presentación
- 25 días naturales desde los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio
- Fecha Cargo
- 28 de julio de 2026
- Límite Vehículo Emisión
- 40.000 €
- Deducción Gastos Vehícul
- Hasta 3.600 € (parcial) o 7.200 € (total)
La normativa, que se asienta sobre la base de la Norma Foral 2/2014, introduce ajustes significativos tras las modificaciones introducidas por las Normas Forales 1/2025 y 2/2025. Entre los cambios más destacados, se encuentran las nuevas deducciones vinculadas a la igualdad y conciliación, como la medida de conciliación de vida personal, familiar y laboral, además de incentivos específicos por creación de empleo para mujeres y menores de 36 años.
En cuanto a la fiscalidad verde, el límite máximo por vehículo deducible aumenta de 25.000 a 30.000 euros, y se establece un tope específico de 40.000 euros para los modelos de cero emisiones. Los gastos deducibles por el uso de vehículos afectos a la actividad también suben: los parcialmente afectos pasan de un límite de 3.000 a 3.600 euros, y los totalmente afectos se elevan de 6.000 a 7.200 euros.
También hay novedades relevantes en la previsión social y la compensación de bases negativas. Se han introducido deducciones del 15% al 25% para contribuciones empresariales a planes de previsión integrados en entidades de previsión social voluntaria, junto a un sistema de aplicación de bases imponibles negativas por bloques de cinco periodos impositivos consecutivos, lo que dota de mayor flexibilidad al cálculo de la cuota líquida.
El calendario es estricto: el plazo general para la presentación es de 25 días naturales contados desde los 6 meses posteriores al cierre del periodo impositivo. Para quienes cerraron el año el 31 de diciembre de 2025, el plazo finaliza el 27 de julio de 2026, fecha en la que también se efectuará el cargo en cuenta de la deuda tributaria resultante.
La presentación de los modelos 200 y 220 deberá realizarse telemáticamente a través de Zergabidea, salvo excepciones puntuales que requieran soporte papel. Es fundamental revisar la documentación específica requerida en el artículo 9 de esta orden, especialmente si la entidad aplica reducciones por fondo de comercio financiero o deducciones específicas de I+D+i.
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