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Ayuntamiento de La Bisbal d'Empordà·Boletín Bien de la Provincia de Girona,

La Bisbal d’Empordà estrena nuevas reglas para sus cementerios

El Ayuntamiento de la Bisbal d’Empordà actualiza el reglamento de cementerios y servicios funerarios. El nuevo texto endurece las sanciones y fija nuevas condiciones para las concesiones de sepulturas.

Los vecinos de la Bisbal d’Empordà ya tienen nuevo manual de uso para el cementerio y los servicios funerarios. El pleno municipal ha dado luz verde definitiva al reglamento que pone orden en todo lo relativo a los tres cementerios públicos del municipio y la actividad de las empresas funerarias locales.

Datos clave

Entrada en vigor
15 días hábiles desde el 3 de noviembre de 2026
Multa máxima
120.000 €
Horario general
09:00 a 20:00 h
Concesiones
50 años (regular) o 5 años (limitada)

La normativa llega para actualizar un texto que se remontaba a 2010. El documento, que ya está vigente, regula desde el horario de visitas (de 9:00 a 20:00 horas) hasta las condiciones técnicas de las sepulturas. No es un texto menor, pues unifica bajo un solo paraguas la gestión de entierros, inhumaciones y la actividad de los tanatorios, garantizando la continuidad del servicio.

Si tienes algún interés en el uso de sepulturas, toma nota de los plazos. El derecho funerario se divide ahora en concesiones regulares de 50 años o limitadas a cinco años para arrendamientos temporales. El reglamento es estricto: al finalizar el plazo, si no se solicita prórroga, el Ayuntamiento podrá recuperar la titularidad del espacio.

El nuevo texto también endurece el régimen sancionador para asegurar el buen orden. Las multas por infracciones pueden alcanzar los 120.000 euros en los casos más graves, como la gestión ilegal de servicios funerarios o prácticas contrarias a la salud pública. Para las faltas leves, como dejar herramientas tiradas o no limpiar correctamente los elementos de una sepultura, la sanción máxima se fija en 750 euros.

Los detalles estéticos también están medidos. Para evitar la disparidad visual, se prohíbe fijar objetos decorativos en los muntants de los nichos y se recomienda el uso de mármol blanco o piedra natural de la zona en los nínxols antiguos. Si decides colocar una lápida, recuerda que debe hacerse en un plazo de seis meses desde la adjudicación.

La normativa incluye además un apartado específico para la prestación gratuita o bonificada de servicios, garantizando el acceso a personas sin recursos económicos mediante informe previo de los servicios sociales municipales. En estos casos, el Ayuntamiento asegura un nivel mínimo que incluye el féretro y el transporte.

Para cualquier trámite, el Ayuntamiento de la Bisbal d’Empordà será tu ventanilla única. El personal municipal y los inspectores tienen ahora nuevas facultades para velar por el cumplimiento de estas normas, que pretenden que el respeto al recinto sea la norma general.

El reglamento entra en vigor quince días hábiles después de su publicación oficial en el boletín. Si tienes dudas sobre tu concesión actual, consulta el registro público en las dependencias municipales.

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