Pont de Molins investiga la propiedad del puente del río Muga
El Ayuntamiento de Pont de Molins ha iniciado un expediente para aclarar la titularidad del antiguo puente sobre el río Muga. Si tienes derechos sobre este bien, es el momento de presentar tus alegaciones.
El Ayuntamiento de Pont de Molins ha decidido aclarar de una vez por todas quién es el dueño del puente sobre el río Muga, situado junto al antiguo molino d'en Jordà. Este paso, que servía de enlace en la carretera vieja entre Pont de Molins y Llers, se encuentra en el punto de mira municipal para confirmar si pertenece realmente al patrimonio público local.
Datos clave
- Plazo alegaciones
- 1 mes desde el fin de la exposición
- Objeto
- Puente sobre el río Muga en el molino d'en Jordà
- Periodo prueba
- 15 días tras el plazo de alegaciones
- Revisión final
- 10 días para interesados
El consistorio ha puesto en marcha un expediente de investigación patrimonial sobre dos parcelas catastrales específicas. La intención es recopilar todos los antecedentes registrales y certificaciones necesarias para zanjar cualquier duda sobre su titularidad.
Si crees que tienes derechos sobre esta infraestructura, el ayuntamiento abre ahora un periodo de información pública. Tienes un mes de plazo para presentar alegaciones por escrito, una vez que finalice la exposición en el tablón de anuncios municipal. Si eres una persona identificada y afectada directamente, este plazo comenzará a contar desde que recibas la notificación personal correspondiente.
El expediente no se queda solo en el papel. Una vez superada esta fase, se abrirá un periodo de prueba de quince días donde se admitirán documentos notariales o judiciales, informes periciales y testimonios que puedan arrojar luz sobre quién es el propietario legítimo.
Finalmente, tras valorar todas las pruebas, los interesados que hayan comparecido en el procedimiento dispondrán de diez días adicionales para revisar el expediente completo y realizar sus observaciones definitivas. El alcalde, Miguel Castaño, ha impulsado este trámite con el objetivo de blindar el inventario municipal.
Es un acto de trámite. No cabe recurso.
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