Alhama de Granada aprueba su reglamento para teletrabajar
El Ayuntamiento de Alhama de Granada estrena su normativa para el trabajo a distancia. Conoce los requisitos de conexión, quiénes pueden solicitarlo y cómo se repartirán los días de jornada presencial y telemática.
El teletrabajo ha llegado de forma oficial a las oficinas municipales de Alhama de Granada. El Ayuntamiento acaba de publicar el reglamento que regulará esta modalidad para sus funcionarios y personal laboral, tras un proceso que ha concluido sin una sola alegación vecinal ni sindical.
Datos clave
- Jornada habitual
- 1 día de teletrabajo y 4 presenciales
- Antigüedad mínima
- 6 meses en el puesto
- Requisito técnico
- Conexión a internet segura y VPN
- Vigencia
- Desde el 2 de octubre de 2026
La norma establece que, por norma general, la jornada se repartirá con un día de teletrabajo a la semana y cuatro presenciales. Se reservan excepciones para casos donde las necesidades organizativas lo justifiquen, aunque el espíritu general busca combinar la flexibilidad laboral con la atención presencial necesaria en los servicios municipales.
Para poder optar a esta modalidad, el empleado deberá contar con una antigüedad mínima de seis meses en su puesto actual y desempeñar funciones compatibles con el formato a distancia, como la elaboración de informes, asesoría jurídica o tramitación electrónica. No podrán acogerse quienes trabajen en oficinas de registro o atención directa al ciudadano que exijan presencia física ineludible.
Los requisitos técnicos son estrictos. El trabajador deberá garantizar una conexión a internet segura y suficiente, pues no se permite el uso de redes públicas o de hostelería por motivos de ciberseguridad. El Ayuntamiento facilitará, siempre que haya disponibilidad presupuestaria y equipos portátiles, el material informático necesario, incluyendo cuenta de correo corporativo y acceso a escritorio remoto.
En caso de avería, si el problema no se soluciona en el mismo día, el empleado tendrá que reincorporarse al centro de trabajo a la jornada siguiente. La comunicación es clave: cada empleado deberá estar localizable telefónicamente o por correo electrónico durante su horario laboral, y se exigirá un sistema de registro de actividad para controlar los objetivos alcanzados.
El reglamento incluye una comisión técnica de seguimiento que se reunirá al menos una vez por semestre para evaluar la satisfacción de la plantilla y el funcionamiento del sistema. Además, se han definido criterios de preferencia para autorizar las solicitudes cuando la demanda supere la capacidad organizativa, priorizando a las víctimas de violencia de género, personas con discapacidad, embarazadas y empleados con responsabilidades de cuidado familiar.
La norma ya está vigente tras su publicación oficial. Los empleados que deseen solicitar esta modalidad deberán presentar su plan individual a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
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