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Ayuntamiento de Huétor Vega·Boletín Bien de la Provincia de Granada,

Huétor Vega abre el plazo para 30.000 euros en ayudas culturales

Ver las 17 ayudas abiertas en la Provincia de Granada →

Las asociaciones y clubes culturales de Huétor Vega pueden pedir desde hoy el acceso a un fondo de 30.000 euros para sus actividades del ejercicio 2026.

Las asociaciones culturales y clubes locales de Huétor Vega tienen ante sí una oportunidad para financiar sus proyectos de 2026. El ayuntamiento ha puesto en marcha la convocatoria de subvenciones de su Línea 1 de Cultura, destinada a impulsar desde la música hasta las artes plásticas o las actividades educativas, con un fondo global de 30.000 euros.

Datos clave

Cierra en 13 días
Plazo
Hasta el 19 de noviembre de 2026
Beneficiario
Asociaciones y clubes culturales sin ánimo de lucro
Cuantía
Fondo de 30.000 €
Cómo solicitar
Sede electrónica del Ayuntamiento

Diez días hábiles. Este es el tiempo exacto que tienen las entidades interesadas para presentar sus solicitudes a través de la sede electrónica municipal, contando desde la fecha de publicación del extracto en el boletín. El plazo termina el 19 de noviembre de 2026.

Solo podrán optar a estas ayudas los clubes y asociaciones sin ánimo de lucro que estén debidamente inscritos en el registro municipal. La norma excluye de forma tajante a cualquier solicitante que arrastre deudas con la Seguridad Social, con la administración autonómica o con el propio ayuntamiento, así como a quienes tengan pendiente la justificación de ayudas concedidas en ejercicios anteriores.

El importe total se repartirá bajo el régimen de concurrencia competitiva. Esto significa que las propuestas se evaluarán conforme a criterios de interés cultural, promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y capacidad de difusión. La subvención nunca podrá superar el coste real del proyecto, ni de forma aislada ni sumada a otras ayudas públicas o privadas.

La presentación de la documentación es obligatoria por medios electrónicos y debe ser formalizada por el presidente de la asociación o su representante legal. Los detalles de la documentación técnica a adjuntar se encuentran en el artículo 5 de las bases específicas, publicadas recientemente por decreto de la alcaldía.

Cualquier entidad que se encuentre en medio de un expediente de reversión por incumplimiento de fines queda fuera de juego. Los criterios de transparencia y no discriminación rigen todo el proceso.

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