Víznar actualiza su tasa de basuras: estas son las nuevas cuotas
Ver las 4 ayudas abiertas en la Provincia de Granada →Víznar aprueba de forma definitiva el nuevo impuesto de residuos. La cuota para viviendas queda fijada en 146,14 € anuales, con tarifas variables para negocios y suelo rústico según la distancia al punto de recogida.
Si vives o tienes un negocio en Víznar, tu recibo de la basura va a cambiar de forma. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente la modificación de la tasa por la recogida, transporte y tratamiento de residuos urbanos, y los nuevos importes ya tienen cifras cerradas tras un periodo de exposición pública sin alegaciones.
Datos clave
- Viviendas
- 146,14 € al año
- Comercios
- 274,01 € al año por local
- Suelo rústico
- Entre 45,67 € y 149,19 € al año
- Alojamientos
- 10,05 € por plaza al año
La principal referencia para un hogar medio será la cuota de 146,14 € al año por vivienda o inmueble particular. Este importe se aplicará una vez que el servicio, reestructurado por el Consorcio para el Desarrollo de la Vega Sierra Elvira, se ponga en marcha oficialmente.
Para los negocios, el panorama es distinto: los establecimientos de alimentación, restauración, despachos, talleres y locales comerciales pagarán 274,01 € anuales por cada inmueble. En el caso de los alojamientos colectivos con más de diez plazas, la tasa se fija en 10,05 € por plaza cada año.
El sistema incluye un epígrafe específico para inmuebles en suelo rústico de uso no agrario. Aquí el precio depende de la distancia al punto de recogida: desde los 149,19 € anuales para quienes estén a menos de 500 metros, hasta los 45,67 € si el punto de depósito se encuentra a más de 1.500 metros.
La nueva tarifa entrará en vigor al día siguiente de esta publicación oficial, pero no verás el cargo en tu cuenta hasta que la Alcaldía firme el acta de puesta en marcha del nuevo servicio. Hasta ese momento, se siguen aplicando las cuotas actuales.
Si tu inmueble tiene varios usos, pagarás una tarifa por cada uno de ellos. Puedes fraccionar el pago en periodos bimestrales.
El acuerdo es definitivo. Contra él solo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un plazo de dos meses.
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