Comunidad de Regantes de la Acequia de la Ciudad: padrones y cuotas 2026
Los comuneros ya pueden consultar los padrones de las cuotas de 2025 y 2026. El calendario de pagos y el proceso para presentar reclamaciones ya está marcado.
Si eres partícipe de la Comunidad de Regantes de la Acequia de la Ciudad, ha llegado el momento de revisar los padrones. La entidad ha puesto en exposición pública los documentos correspondientes a la cuota de administración de 2026 y a los gastos de reparación de la atargea de 2025. El proceso está abierto para cualquier consulta, reclamación o corrección de errores que consideres necesaria.
Datos clave
- Periodo de pago
- 16 de octubre al 15 de diciembre 2026
- Cuota 2026
- 150,00 € por fanega
- Cuota 2025
- 24,00 € por fanega
- Dónde consultar
- C/ Alcalá de Henares, 4 bajo 1, Granada
Los padrones están disponibles durante 20 días en la secretaría de la comunidad y en las oficinas recaudatorias de la calle Alcalá de Henares, número 4, bajo 1, en Granada. Si detectas cualquier dato incorrecto sobre tu titularidad o superficie, es el momento de presentar la correspondiente diligencia para subsanarlo. Una vez superado este periodo sin reclamaciones, los datos se considerarán definitivos.
El periodo de pago voluntario comienza el 16 de octubre y finaliza el 15 de diciembre de 2026. Es fundamental realizar el abono dentro de este plazo, ya que el retraso conlleva recargos. Si no recibes tu recibo en el domicilio, puedes solicitar una copia en las mismas oficinas donde se exponen los padrones.
Las cuotas se fijaron en juntas previas: 24 euros por fanega para las reparaciones del ejercicio 2025 y 150 euros por fanega para la cuota de administración de 2026. El pago fuera del periodo voluntario activará un recargo del 10 por ciento mensual, hasta un máximo del 30 por ciento, además de los posibles intereses de demora y costas.
La recaudación es obligatoria. El impago activa la vía ejecutiva.
Si necesitas recurrir alguna inclusión o alteración en el padrón, dispones de un mes para presentar un recurso de reposición ante el presidente de la comunidad tras finalizar el periodo de exposición. Para la vía contencioso-administrativa, el plazo se extiende a dos meses desde la notificación formal del acto administrativo.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.