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Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo·Boletín Bien de la Provincia de Huelva,

El convenio de la madera en Huelva: salarios y condiciones hasta 2029

El nuevo convenio de la industria de la madera en Huelva ya es oficial. El acuerdo regula los salarios, la jornada laboral y las indemnizaciones hasta 2029.

El sector de la madera en Huelva estrena marco laboral. El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado el registro y depósito del nuevo convenio colectivo que regirá las condiciones de trabajo desde enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2029. La resolución, firmada por el delegado territorial de Empleo, José María Mayo, da validez legal a lo pactado en julio entre la Asociación Provincial de Empresarios de la Madera y los sindicatos UGT y CC.OO.

Datos clave

Vigencia
1 de enero de 2026 a 31 de diciembre de 2029
Jornada anual
1.752 horas
Incremento 2027
2,5%
Incremento 2028-2029
3% anual
Seguro muerte
9.800 €

El documento establece una jornada anual de 1.752 horas de trabajo efectivo para todos los ámbitos afectados. Las empresas mantendrán la obligación de registrar y publicar sus calendarios laborales antes del 31 de enero de cada ejercicio. Si la empresa decide aplicar una distribución irregular de la jornada, esta no podrá exceder de un máximo de nueve horas diarias ni de cuarenta y cinco horas semanales.

El convenio recoge incrementos salariales anuales para cada ejercicio del periodo de vigencia. Los salarios para 2026 quedan fijados según las tablas salariales iniciales del acuerdo. Para 2027 se aplica una subida del 2,5 por ciento sobre las tablas anteriores. Los años 2028 y 2029 experimentan un incremento del 3 por ciento cada uno respecto a las tablas del año precedente.

La antigüedad consolidada antes del 30 de septiembre de 1996 se mantiene como concepto salarial fijo, sin que sea absorbible ni compensable. Por el contrario, los complementos de puesto de trabajo, como penosidad, toxicidad o peligrosidad, tienen carácter funcional y no consolidable. Estos pluses dejarán de abonarse si desaparecen las condiciones excepcionales que los originaron.

El texto también regula las indemnizaciones por accidentes o enfermedad. Las empresas deberán suscribir una póliza de seguros que garantice 9.800 € en caso de muerte y 11.000 € por invalidez derivada de accidente durante los años de vigencia del convenio. Estas cantidades suponen un incremento respecto a la normativa anterior.

La movilidad geográfica y los traslados tienen sus propios cauces. El desplazamiento temporal de hasta quince días exige un preaviso de dos jornadas laborables. Si el trabajador debe pernoctar fuera, tendrá derecho a percibir una dieta completa de 40,00 € o una media dieta de 16,00 €.

Las empresas tienen un plazo de diez días para corregir cualquier discrepancia mediante la Comisión Paritaria si surge algún conflicto en la interpretación. Este órgano, con sede en la Federación Onubense de Empresarios, es el encargado de velar por el cumplimiento del convenio.

Se abre una nueva etapa.

Las tablas salariales detallan desde el sueldo de un ingeniero hasta el de un peón. Cada categoría profesional cuenta con su propia base mensual y plus de asistencia diferenciados.

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