Sabiñánigo cambia las normas para patinetes y vehículos ligeros
Sabiñánigo actualiza su ordenanza de tráfico con nuevas exigencias para patinetes y vehículos de movilidad personal: desde seguros obligatorios hasta nuevas luces.
Si te mueves por Sabiñánigo en patinete o cualquier otro vehículo de movilidad personal, las normas del juego acaban de cambiar para adaptarse a la normativa estatal. La nueva redacción de la Ordenanza municipal de tráfico, movilidad sostenible y seguridad vial ya es definitiva y trae consigo obligaciones que deberás integrar en tus trayectos diarios.
Datos clave
- Seguro
- Obligatorio para responsabilidad civil
- Visibilidad
- Prenda reflectante a 150 metros
- Luces
- Obligatorias entre ocaso y amanecer
- Recurso
- 2 meses ante el TSJ de Aragón
La principal novedad es la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros. Esta exigencia se extiende a todos los propietarios de vehículos personales ligeros y busca responder ante cualquier accidente o desperfecto que pueda ocurrir durante la circulación.
Las medidas de seguridad también se refuerzan de forma notable. A partir de ahora, cuando circules entre el ocaso y la salida del sol, o cuando la visibilidad sea escasa, será obligatorio llevar encendidas las luces de posición tanto en la parte delantera como en la trasera.
El conductor tiene ahora una obligación adicional de visibilidad: debe llevar puesta una prenda reflectante en todo momento. El objetivo, según detalla el texto, es que el resto de los conductores puedan distinguirte a una distancia mínima de 150 metros.
Para poder circular, tu vehículo deberá contar con un certificado de circulación técnica, estar inscrito en la sección de Registro de Vehículos Personales Ligeros del Registro Nacional de Vehículos y lucir tanto la etiqueta identificativa como la placa de marcaje del fabricante. Son requisitos que deben cumplirse para garantizar que el aparato cumple con la normativa técnica vigente.
La alcaldesa Berta Fernández ha refrendado este cambio normativo tras su aprobación definitiva en el pleno del pasado 2 de julio de 2026. No hubo reclamaciones durante el periodo de información pública, por lo que el texto entra en vigor tras su publicación oficial.
Las modificaciones afectan concretamente a los artículos 60, 61 y 62 del capítulo IV del título V de la ordenanza. Estas reglas llegan para actualizar el marco legal local y alinear Sabiñánigo con las exigencias estatales recogidas en la Ley 5/2025.
Las ausencias escuecen.
Si no estás de acuerdo con estos cambios, la vía administrativa se cierra con esta aprobación definitiva. Puedes interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en un plazo de dos meses.
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