Siétamo renueva el impuesto de circulación para 2027
Ver las 3 ayudas abiertas en la Provincia de Huesca →El Ayuntamiento de Siétamo actualiza su ordenanza fiscal sobre vehículos, ajustando las cuotas y los trámites para solicitar exenciones por antigüedad o discapacidad.
Siétamo estrena nuevas reglas para el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica a partir del próximo 1 de enero de 2027. La ordenanza, que ya es definitiva tras el periodo de exposición pública, detalla desde el catálogo de cuotas según la potencia fiscal hasta los supuestos concretos en los que un conductor puede solicitar la exención del tributo.
Datos clave
- Entrada en vigor
- 1 de enero de 2027
- Bonificación histórica
- 90% de descuento
- Cuota mínima turismo
- 12,62 €
- Cuota máxima turismo
- 112,00 €
El documento establece cinco tramos para turismos que van desde los 12,62 euros anuales para los de menos de ocho caballos fiscales, hasta los 112,00 euros para los que superan los veinte. En el caso de las motocicletas, la horquilla se mueve entre los 4,42 euros de los ciclomotores y los 60,58 euros que pagan las de más de 1.000 centímetros cúbicos.
La normativa incluye una bonificación del 90 por ciento para los vehículos considerados históricos o aquellos que acrediten una antigüedad mínima de veinticinco años. Para disfrutar de este ahorro, el titular deberá solicitarlo de forma expresa al Ayuntamiento una vez que el vehículo cumpla los requisitos de edad o fecha de fabricación.
Si tienes un vehículo adaptado para personas con movilidad reducida o maquinaria agrícola, la exención no es automática. Debes presentar una solicitud formal acompañando la documentación técnica, el permiso de circulación y los certificados que acrediten el derecho a la exención, como el grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
La gestión del impuesto requiere que los cambios de domicilio, las transferencias o las reformas que alteren la clasificación del vehículo se comuniquen debidamente. Si te roban el coche, el Ayuntamiento concede la baja provisional desde el ejercicio siguiente a la sustracción, siempre que presentes la solicitud y la justificación documental correspondiente.
El texto íntegro, que deroga la ordenanza anterior, ya ha sido publicado en el boletín provincial y entrará en vigor el primer día de 2027. Contra este acuerdo, cualquier interesado puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en un plazo de dos meses.
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