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Ayuntamiento de Valle de Lierp: Secretaría·Boletín Bien de la Provincia de Huesca,

Valle de Lierp actualiza su impuesto sobre viviendas y fincas

El Ayuntamiento de Valle de Lierp ha aprobado definitivamente la nueva ordenanza del IBI. Te contamos los tipos de gravamen y las bonificaciones que entrarán en vigor el próximo año.

Valle de Lierp ya ha puesto fecha a su nueva normativa fiscal sobre los inmuebles. El Ayuntamiento ha finalizado el proceso de modificación de la ordenanza del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, un cambio que entra en vigor con la publicación de este boletín pero que se hará notar realmente en los recibos a partir del 1 de enero de 2027.

Datos clave

Tipo urbano
0,60 %
Tipo rústico
0,53 %
Aplicación
Desde el 1 de enero de 2027
Recurso
2 meses ante el TSJ de Huesca

La norma establece tipos de gravamen diferenciados según el tipo de inmueble. Los de naturaleza urbana tributarán al 0,60 por ciento, los rústicos al 0,53 por ciento y los de características especiales también al 0,60 por ciento.

El documento aprobado por el pleno el pasado 8 de junio detalla además un abanico de bonificaciones. Las empresas de construcción y promoción inmobiliaria pueden solicitar una reducción del 90 por ciento en la cuota si las obras de urbanización o rehabilitación se justifican debidamente antes de su inicio.

Las viviendas de protección oficial cuentan con una ayuda propia. Sus titulares tienen derecho a una bonificación del 50 por ciento de la cuota íntegra durante los tres periodos impositivos posteriores a su calificación definitiva.

El sector agrario también encuentra su espacio en el texto. Se fija una bonificación del 95 por ciento para los bienes rústicos que pertenezcan a cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra.

El consistorio ha aclarado que no aplicará recargos adicionales por inmuebles urbanos desocupados. La gestión del tributo queda bajo competencia exclusiva del Ayuntamiento, desde la recaudación hasta la resolución de posibles recursos.

El alcalde, Jose Angel Rami, ha ratificado este acuerdo el 5 de noviembre. Los contribuyentes disponen ahora de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Huesca si consideran que el acuerdo no se ajusta a derecho.

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