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Ayuntamiento de Logroño·Boletín Bien de La Rioja,

Logroño aprueba la expropiación definitiva de parcelas en Lobete II

El Ayuntamiento de Logroño formaliza la tasación conjunta de los terrenos en la Avenida Lobete II tras desestimar las alegaciones sobre las valoraciones.

El Ayuntamiento de Logroño ha dado luz verde al proyecto de expropiación de las parcelas situadas en la Unidad de Ejecución N12.6 Lobete II, un ámbito de suelo urbano no consolidado incluido en el PERI 15 Avenida Lobete II. Con esta decisión, el consistorio resuelve definitivamente el proyecto de tasación conjunta que permite avanzar en la reordenación urbanística de esta zona industrial y cerrar un proceso que suma años de tramitación.

Datos clave

Importe total
858.218,23 €
Plazo oposición
20 días desde la notificación
Cuota municipal
172.586,40 €
Afectados
Parcelas A-1, A-4, A-9 y A-11

El expediente, aprobado por la Junta de Gobierno Local el pasado 4 de noviembre, implica el pago de un justiprecio total que asciende a 858.218,23 euros para compensar a los propietarios afectados por la expropiación de las parcelas A-1, A-4, A-9 y A-11. El Ayuntamiento ya ha constituido el depósito correspondiente a su cuota, cifrada en 172.586,40 euros, mientras que el resto del justiprecio ha sido consignado por la propia Junta de Compensación del sector.

La aprobación definitiva viene precedida por una serie de alegaciones presentadas por los propietarios y titulares de derechos sobre las parcelas, quienes cuestionaron tanto los criterios de valoración aplicados como la falta de notificación del proyecto completo. Entre las reclamaciones, varios interesados solicitaron que se valorara el suelo según aprovechamientos residenciales o que se incluyeran indemnizaciones por traslado de actividad, basándose en normativas anteriores a la Ley de Suelo actual.

Los informes municipales, elaborados por la Sección de Urbanismo Estratégico y la T.A.G. de Urbanismo, han desestimado todas las alegaciones. El consistorio sostiene que la normativa aplicable es el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana de 2015, lo que descarta el uso de criterios de leyes derogadas y limita la tasación a la situación real del terreno, al margen de las expectativas urbanísticas futuras que los propietarios pretendían reclamar.

El acuerdo final, firmado por el alcalde Conrado Escobar, establece ahora un nuevo plazo de veinte días para que los interesados manifiesten su conformidad o disconformidad con la hoja de aprecio y la determinación del justiprecio. Si transcurrido este tiempo no se formula oposición, la valoración se entenderá aceptada y el justiprecio quedará fijado de manera definitiva.

Para ejecutar este procedimiento expropiatorio, se ha constituido una comisión específica formada por cargos municipales y técnicos de la Dirección General de Urbanismo y Patrimonio. Los concejales Javier Martínez y Ángel Andrés Royo encabezan el grupo encargado de formalizar las actas previas, de pago y de ocupación necesarias para tomar posesión efectiva de los bienes.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los afectados pueden interponer un recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano en el plazo de un mes, o bien acudir directamente a la vía contencioso-administrativa en un plazo de dos meses, desde el día siguiente a esta publicación. El proceso administrativo sigue su curso.

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