Cabó estrena ordenanza para la recolección de setas
Si planeas recoger setas en los bosques de Cabó, ten cuidado: el Ayuntamiento ya exige autorización para los no vecinos y prohíbe el acceso motorizado a varias pistas.
Si tienes pensado subir a buscar setas a Cabó este otoño, será mejor que repases la nueva normativa municipal antes de coger el coche. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente su ordenanza reguladora de la recollida de bolets, y las reglas del juego cambian para quienes no son vecinos o propietarios de fincas en el municipio.
Datos clave
- Temporada
- 1 de agosto al 31 de diciembre
- Multas
- De 300 € a 1.500 €
- Requisito acceso
- Autorización municipal para no vecinos
- Prohibiciones
- Recogida nocturna y remoción del suelo
La normativa, que ya está en vigor tras su publicación oficial, establece una temporada de recolección que va desde el 1 de agosto hasta el 31 de diciembre. Durante estos meses, cualquier persona que no sea vecina o propietaria de terrenos en Cabó deberá contar obligatoriamente con una autorización expedida por el Ayuntamiento para poder llevarse algo a casa.
La práctica tradicional se blindará contra los vehículos a motor. El consistorio ha ordenado el cierre de varios caminos forestales que sirven de acceso a los bosques del municipio, incluyendo la pista de la carretera de Collmarí y diversos puntos a lo largo del Camí del Carro de Organyà a Cabó y el Camí d'Escales. La prohibición de paso estará señalizada físicamente en el terreno.
No vale cualquier técnica. La ordenanza prohíbe explícitamente remover el suelo para encontrar ejemplares, así como el uso de herramientas para escarbar la tierra que puedan dañar la capa vegetal. Si utilizas cuchillo, la hoja no debe superar los 11 centímetros de longitud, y deberás cortar el ejemplar por la base del pie, dejando intacto el micelio en su lugar original.
La vigilancia correrá a cargo de personal municipal, que contará con la consideración de agente de la autoridad. Los inspectores podrán comprobar en cualquier momento la coincidencia de los datos de tus tiquets con la documentación oficial del Ayuntamiento, y tienen capacidad para levantar actas con valor probatorio.
Las infracciones se consideran faltas graves. Si incumples la normativa, te enfrentas a una sanción económica que oscila entre los 300 € y los 1.500 €, dependiendo de la gravedad de los daños, la intencionalidad o si eres reincidente.
Las consecuencias van más allá de la multa. La ordenanza contempla la retirada inmediata de tu autorización y la prohibición expresa de solicitar una nueva para las próximas temporadas.
Las sanciones serán graduadas por el Ple del Ayuntamiento, tras la instrucción previa del expediente por parte de la Alcaldía. El régimen sancionador se rige por lo dispuesto en la Ley del Procedimiento administrativo común.
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