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Ayuntamiento de Torrefarrera·Boletín Bien de la Provincia de Lleida,

La Llar d’Infants de Torrefarrera ya tiene su padrón de octubre

El Ayuntamiento de Torrefarrera ha aprobado el padrón fiscal del servicio de guardería para octubre. Te explicamos los plazos de pago y cómo consultar el documento.

Si tienes hijos en la Llar d’Infants de Torrefarrera, el Ayuntamiento ya ha dado luz verde al padrón fiscal correspondiente al mes de octubre de este curso 2026-2027. La medida, firmada por decreto de alcaldía el pasado 4 de noviembre, activa el proceso para el cobro de estas tasas municipales.

Datos clave

Plazo pago
Hasta el 5 de enero de 2027
Consulta padrón
1 mes desde el 7 de noviembre de 2026
Formas de pago
Domiciliación bancaria o ingreso presencial

El plazo para realizar el pago en periodo voluntario ya ha comenzado. Tienes hasta el 5 de enero de 2027, ambos días incluidos, para gestionar el recibo sin recargos adicionales.

El Ayuntamiento ofrece dos vías para cumplir con esta obligación. Puedes optar por la domiciliación bancaria, previa comunicación a las dependencias municipales, o realizar el ingreso directamente en las oficinas locales.

Es importante tener presente que este padrón fiscal ya se encuentra expuesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento. Cualquier interesado puede consultarlo durante el horario de oficina durante el plazo de un mes, que comienza al día siguiente de la publicación de este edicto en el boletín provincial.

Si el pago no se formaliza dentro del periodo voluntario, se activará la vía ejecutiva. Esto implica la aplicación de recargos que varían desde el 5 por ciento del recargo ejecutivo hasta el 20 por ciento en caso de recargo de constrenyiment ordinario, sumando además los intereses de demora correspondientes.

Los contribuyentes que deseen presentar un recurso de reposición frente a esta resolución tienen un mes de plazo, a contar desde el día siguiente a la finalización del periodo de exposición pública. La presentación de dicho recurso no paraliza automáticamente el cobro, a menos que se solicite expresamente la suspensión del acto adjuntando las garantías legales necesarias.

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