Monforte de Lemos fija el calendario de pagos del servicio de ayuda
Monforte de Lemos ha aprobado los padrones del servicio de ayuda en el hogar y ley de dependencia de septiembre. El periodo para pagar los recibos ya tiene fecha.
Los usuarios del servicio de ayuda en el hogar y de la ley de dependencia en Monforte de Lemos ya conocen el calendario de pagos para el mes de septiembre. La Junta de Gobierno Local ha dado luz verde a los padrones fiscales correspondientes a ese mes, formalizando así la liquidación de estos recibos que afectan a decenas de familias del municipio.
Datos clave
- Periodo pago
- 13 de noviembre de 2026 al 13 de enero de 2027
- Recurso
- 1 mes tras finalizar la exposición pública
- Exposición pública
- 20 días desde el 13 de noviembre de 2026
El periodo de pago en voluntaria comienza el 13 de noviembre de 2026 y se extenderá hasta el 13 de enero de 2027. Es el plazo que tienes para abonar los recibos sin recargos adicionales.
Una vez superada esta fecha del 13 de enero, la administración municipal iniciará la vía de apremio. Esto significa que las cantidades pendientes se incrementarán con los recargos del periodo ejecutivo, además de los intereses de demora y las posibles costas judiciales.
Los padrones permanecerán expuestos al público para su consulta durante 20 días. Este tiempo empieza a contar desde el inicio del periodo de pago voluntario, permitiendo que cualquier persona interesada pueda presentar las reclamaciones que considere oportunas.
Contra la aprobación de estos padrones y sus liquidaciones existe la posibilidad de interponer un recurso de reposición. Este recurso debe presentarse en el plazo de un mes, que empezará a computar al día siguiente de que finalice el periodo de exposición pública mencionado.
Gloria María Prada, primera teniente de alcalde, firma esta resolución por delegación de la alcaldía. El documento oficial, con fecha del 20 de octubre, pone en marcha la operativa de recaudación para estos servicios sociosanitarios básicos.
Si el recurso de reposición fuera desestimado, ya sea de forma expresa o presunta, quedaría abierta la vía del contencioso-administrativo. El proceso sigue los cauces marcados por la ley estatal para este tipo de reclamaciones contra ingresos públicos.
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