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Cultura, Turismo y Deporte·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

El calendario fiscal de Fresno de Torote para 2027 ya es oficial

El Ayuntamiento de Fresno de Torote ha publicado las fechas de pago para los impuestos del próximo ejercicio. Si quieres acogerte al pago a la carta con bonificación, hay un plazo que termina este mismo año.

Si vives en Fresno de Torote, ya tienes a mano las fechas clave para organizar tu economía doméstica de cara al próximo año. El Ayuntamiento ha publicado el calendario fiscal de 2027 y, como es habitual, el orden y la domiciliación ahorran disgustos cuando llegan los recibos.

Datos clave

Cierra en 54 días
Plazo
Hasta el 31 de diciembre de 2026
Vehículos y vados
15 de marzo al 14 de mayo
IBI, IAE y basuras
1 de agosto al 30 de septiembre
Bonificación
2% por pago a la carta

El primer tributo en ponerse al cobro es el de vehículos y la tasa de vados, que se podrán abonar del 15 de marzo al 14 de mayo. Para quienes tengan la domiciliación activa, el cargo se realizará el mismo 15 de marzo.

El verano, por su parte, se reserva para el IBI, tanto rústico como urbano, además del impuesto de actividades económicas y la tasa de basuras. En este caso, el periodo de recaudación voluntaria se abre el 1 de agosto y se extenderá hasta el 30 de septiembre. Los recibos domiciliados se cargarán el 1 de agosto.

Si prefieres el pago fraccionado, el consistorio ofrece el sistema especial de pago a la carta. La gran ventaja es una bonificación del 2 por ciento, pero hay una fecha límite ineludible: debes solicitarlo antes del 31 de diciembre de 2026.

Este sistema de pago a la carta permite dividir los recibos en 2, 4, 6 o incluso 9 plazos. Las fechas de cargo varían según la opción elegida, concentrándose los pagos entre los meses de marzo y noviembre.

Recuerda que el pago puede realizarse a través de las entidades colaboradoras, Caixabank y BBVA, o mediante la sede electrónica municipal usando tarjeta de crédito. Siempre necesitarás presentar el recibo o la carta de pago emitida por el Ayuntamiento.

El calendario es claro. Las deudas que no se abonen en el periodo voluntario pasarán automáticamente a vía ejecutiva. Esto implica recargos, intereses de demora y las costas que se produzcan en el proceso.

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