La Mancomunidad del Suroeste de Madrid estrena sus nuevos estatutos
Los siete municipios que integran la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid consolidan su marco de funcionamiento tras la ratificación de sus nuevos estatutos.
Los municipios de Arroyomolinos, Batres, Griñón, Moraleja de Enmedio, Serranillos del Valle, Torrejón de la Calzada y Torrejón de Velasco ya tienen sus nuevas normas de funcionamiento sobre la mesa. La Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid ha publicado de forma oficial el texto definitivo de sus estatutos, que fueron aprobados por su junta plenaria el pasado 6 de julio y ratificados posteriormente por cada uno de los ayuntamientos implicados.
Datos clave
- Municipios
- Arroyomolinos, Batres, Griñón, Moraleja de Enmedio, Serranillos del Valle, Torrejón de la
- Sede social
- Calle Miguel Hernández, 8, Griñón
- Órganos gobierno
- Junta Plenaria, Junta de Gobierno Local, Presidencia, Vicepresidencia y Comisión Especial
El documento establece el marco de actuación de esta entidad, que se dedica a servicios esenciales como la atención ante situaciones de necesidad social, la protección de la salubridad y la protección civil. Las oficinas centrales de la mancomunidad se mantienen en la calle Miguel Hernández, número 8, en Griñón.
La organización interna cuenta con órganos necesarios como la Junta Plenaria, la Junta de Gobierno Local, la presidencia, la vicepresidencia y la Comisión Especial de Cuentas. A estos se suma la Comisión Informativa Permanente de Servicios Sociales, un órgano complementario para el estudio y propuesta de asuntos relacionados con el bienestar social en la zona.
La Junta Plenaria actúa como máximo órgano de gobierno. Está integrada por tres vocales de cada municipio: el alcalde, que es miembro nato, y dos concejales elegidos por cada pleno municipal. Este mandato está ligado a la legislatura, de modo que los vocales pierden su condición si dejan de ser concejales en sus respectivos ayuntamientos.
Los estatutos detallan también el régimen económico de la entidad, que se nutre de aportaciones de los ayuntamientos, tasas por servicios, contribuciones especiales y posibles multas. En caso de disolución, los bienes y cargas se repartirían entre los municipios en proporción a sus aportaciones, garantizando el cumplimiento de todas las obligaciones pendientes.
El texto oficial entró en vigor tras su publicación.
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