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Bodas en Colmenar Viejo: así quedan las tasas desde octubre

El Ayuntamiento de Colmenar Viejo ha actualizado los precios por el uso de instalaciones para bodas civiles. Conoce la diferencia de coste si estás empadronado y los días en los que no se celebrarán ceremonias.

Si tienes pensado casarte en Colmenar Viejo, conviene que eches un vistazo a la nueva ordenanza fiscal que entra en vigor esta semana. El Ayuntamiento ha actualizado las tasas para el uso de instalaciones municipales en bodas civiles, estableciendo una diferencia significativa en el precio dependiendo de si alguno de los contrayentes está empadronado en el municipio.

Datos clave

Tarifa empadronados
61,62 € o 77,02 €
Tarifa general
205,40 € o 256,75 €
Tarifa social
0 € (con informe social)
Recargo privado
150 € adicional

La tarifa estándar para quienes no residen en Colmenar Viejo parte de los 205,40 euros por una ceremonia de lunes a viernes en horario de mañana, hasta las 14:00 horas. Si la boda se celebra fuera de ese horario, el importe sube a 256,75 euros. Estas cantidades se reducen drásticamente para los empadronados, que pagan 61,62 euros en horario ordinario y 77,02 euros en cualquier otro momento.

El texto incluye una opción de tarifa social de cero euros. Este supuesto está reservado para parejas que acrediten carecer de recursos económicos mediante un informe favorable de la Concejalía de Servicios Sociales. En el extremo opuesto, si decides celebrar el enlace en instalaciones privadas fuera de las dependencias municipales, deberás sumar un recargo fijo de 150 euros a la tasa correspondiente.

El proceso de pago se realiza mediante autoliquidación en el momento de solicitar la fecha. Es importante recordar que el Ayuntamiento se reserva el derecho de revisar los cálculos, por lo que el pago tiene un carácter provisional hasta que la administración confirme que todo es correcto.

La nueva norma también pone orden en el calendario. Hay días marcados en rojo en los que no se celebrarán bodas civiles bajo ningún concepto. En la lista figuran los domingos, festivos, el 24 y 31 de diciembre, el 5 de enero, el Sábado Santo y el 22 de noviembre. Tampoco habrá ceremonias durante el viernes y el sábado de las fiestas patronales ni los días en los que el Ayuntamiento celebre sesiones plenarias.

Las bodas no se celebran los domingos.

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