Humanes de Madrid estrena reglamento municipal: así funcionará el Pleno
El nuevo Reglamento Orgánico de Humanes de Madrid ya es oficial. El texto redefine el funcionamiento de los plenos, los derechos de los concejales y el régimen de sanciones ante ausencias injustificadas.
Humanes de Madrid estrena este verano nuevas reglas del juego para sus órganos de gobierno y su administración municipal. Tras el visto bueno definitivo del Pleno el pasado 30 de julio, el Ayuntamiento de Humanes ha oficializado su nuevo Reglamento Orgánico Municipal, un texto que busca modernizar el funcionamiento diario de la corporación local.
Datos clave
- Pleno ordinario
- Último jueves de cada mes a las 9:30
- Sanción ausencias
- 25% a 100% de la retribución
- Junta de Gobierno
- Jueves a las 13:00 horas
El documento, que cuenta con 102 artículos, regula desde la constitución del mandato corporativo hasta el funcionamiento preciso de los debates en los plenos. Se establece, por ejemplo, que las sesiones ordinarias se celebrarán habitualmente el último jueves de cada mes a las 9:30 horas, salvo que sea festivo o coincida con periodos vacacionales, como es el caso de agosto, mes en el que no se celebrarán plenos ordinarios.
El reglamento detalla también las obligaciones de los concejales. Entre los deberes, destaca el de asistencia a los órganos colegiados, fijando sanciones económicas específicas ante ausencias injustificadas. Si un edil no asiste a dos sesiones consecutivas o tres alternas en seis meses, se le podrá deducir hasta un 25 por ciento de sus retribuciones o dietas, un porcentaje que se elevará al 100 por ciento si las ausencias alcanzan cuatro reuniones consecutivas o seis alternas en un año.
La normativa también pone el foco en la transparencia y en el ejercicio de la representación política. Los grupos municipales, para ser considerados como tales, deberán contar con un mínimo de dos concejales, y se aclara el régimen para los no adscritos, quienes actuarán de forma aislada y sin derecho a la dotación económica que sí reciben los grupos políticos constituidos.
El acceso a la información municipal por parte de los cargos electos también queda acotado. Las solicitudes deberán tramitarse a través de la Secretaría General y han de responder a una vinculación motivada con la función representativa, prohibiéndose las peticiones genéricas o masivas que obliguen a una revisión indiscriminada de archivos.
En cuanto a la Junta de Gobierno Local, el reglamento confirma que estará integrada por el alcalde y un número de concejales no superior al tercio de los miembros de la corporación. Sus sesiones ordinarias se celebrarán, por norma general, los jueves a las 13:00 horas.
El texto, firmado por la alcaldesa en funciones, Rosario Pérez García, entra en vigor tras cumplirse el periodo legal de quince días tras su publicación en el boletín. Cualquier interesado que desee recurrir este acuerdo dispone de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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