Familia, Juventud y Asuntos Sociales·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

Madrid resuelve la concesión de sus huertos urbanos comunitarios

El Ayuntamiento de Madrid ha hecho pública la resolución para el uso gratuito de parcelas municipales destinadas a huertos. Conoce el plazo de vigencia y cómo consultar si tu entidad ha sido seleccionada.

Si formas parte de una de las entidades que ha solicitado gestionar un huerto urbano comunitario en suelo municipal, el Ayuntamiento de Madrid acaba de mover ficha. El decreto firmado por el delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada, resuelve finalmente la convocatoria para el uso temporal y gratuito de estas parcelas calificadas como zona verde.

Datos clave

Duración
2 años (prorrogable otros 2)
Recurso reposición
1 mes
Recurso contencioso
2 meses

La resolución, que se apoya en la propuesta de la Comisión de Valoración y Seguimiento del Programa Municipal de Huertos Urbanos del pasado 14 de julio, formaliza la concesión de estos espacios verdes. Las condiciones del uso siguen lo marcado en el pliego aprobado en noviembre de 2025.

La autorización tendrá una duración inicial de dos años. Esta concesión es prorrogable por un periodo idéntico, siempre que la entidad beneficiaria lo solicite con una antelación mínima de dos meses antes de que venza el plazo inicial.

Para conocer los detalles específicos sobre qué entidades han sido seleccionadas y en qué parcelas, deberás consultar el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid publicado hoy o acceder directamente a la web municipal madrid.es, donde consta el listado completo.

El trámite ha concluido.

Las entidades que deseen presentar un recurso de reposición frente a esta decisión disponen de un mes de plazo. Quienes opten directamente por la vía contencioso-administrativa, cuentan con dos meses para interponerlo ante el juzgado competente. Ambos plazos comienzan a contar desde el día siguiente a esta notificación.

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