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Calendario fiscal 2026: cuándo pagar el IBI y tasas en Pozuelo

Pozuelo de Alarcón ya tiene fechas para abonar el IBI, el impuesto de actividades económicas y la tasa de vados. Si tienes recibos, apunta el inicio de la recaudación y el día límite para evitar recargos.

Si tienes una propiedad en Pozuelo de Alarcón, o si te toca pagar la tasa por meter el coche en el garaje desde la acera, es hora de marcar el calendario. El Ayuntamiento ha publicado los padrones fiscales para este 2026, lo que significa que la maquinaria municipal ya está lista para girar los recibos del IBI, el Impuesto sobre Actividades Económicas y esa tasa de vados que afecta a tantas entradas de vehículos en el municipio.

Datos clave

Plazo voluntario
Del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2026
Cargo domiciliado
1 de diciembre de 2026
Recurso reposición
1 mes tras finalizar los 15 días de exposición pública
Atención al cliente
010 o 914 522 704

El periodo voluntario para ponerse al día con Hacienda arranca el 1 de octubre y se extiende hasta el 1 de diciembre de 2026. Si ya tienes tus recibos domiciliados, no hace falta que hagas nada: el cargo se realizará automáticamente en tu cuenta el mismo 1 de diciembre. Ese mismo día se pasará el segundo plazo para quienes se acogieron al pago fraccionado del IBI.

Para los que prefieran pagar por su cuenta, el abanico de opciones es amplio. Puedes usar la oficina virtual tributaria, pagar con tarjeta de crédito o débito, o tirar de la banca electrónica de entidades como Santander, Caixabank, BBVA o Sabadell. Si eres más de ir al cajero o a ventanilla, recuerda llevar el aviso de pago para facilitar la lectura del código de barras.

¿Y si no te llega el aviso a casa o lo pierdes? Nada grave, pero no lo dejes pasar. Puedes solicitar un duplicado llamando al 010 o al 914 522 704, enviando un correo a recaudación@pozuelodealarcón.org, o acercándote en persona a la Oficina de Atención al Contribuyente en la Plaza Mayor.

Es importante revisar los datos de tu recibo cuanto antes. Si encuentras algún error o no estás de acuerdo con la liquidación, tienes un mes para presentar un recurso de reposición. Este plazo empieza a contar justo cuando finalicen los quince días de exposición pública que acaban de comenzar tras la publicación oficial de este anuncio.

Ojo, el recurso no detiene el cobro. Si quieres que se suspenda la ejecución mientras se resuelve tu reclamación, debes solicitarlo formalmente durante ese mismo mes. De lo contrario, el recibo se cargará a su debido tiempo.

Recuerda que una vez termine el plazo voluntario el 1 de diciembre, las deudas que queden pendientes entrarán en vía ejecutiva. Esto significa que empezarán a aplicarse recargos, intereses de demora y las temidas costas del procedimiento de apremio. Domiciliar los recibos evita esperas y sustos innecesarios.

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