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Impuestos y tasa de agua en Becerril de la Sierra: plazos 2026

Becerril de la Sierra abre el periodo de pago de impuestos y tasas. Consulta las fechas clave para el IAE y el recibo del agua si no quieres recargos.

Si tienes negocios o propiedades en Becerril de la Sierra, el Ayuntamiento ha puesto sobre la mesa los nuevos padrones fiscales. Es el momento de revisar si los recibos están al día antes de que el calendario de pagos entre en su fase más crítica.

Datos clave

Plazo IAE
19 de agosto a 20 de octubre de 2026
Plazo tasa agua
22 de junio a 24 de agosto de 2026
Cargo domiciliado IAE
21 de septiembre de 2026
Cargo domiciliado agua
5 de agosto de 2026
Bonificación
3% o 5% por domiciliación

El Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a este 2026 tiene fijado su periodo de recaudación voluntaria entre el 19 de agosto y el 20 de octubre. Para quienes tengan sus recibos domiciliados, el cargo bancario se realizará el 21 de septiembre.

Por otro lado, la tasa de agua del sexto bimestre de 2025 sigue su propio camino. El plazo para abonarla en voluntaria termina el próximo 24 de agosto, con fecha de cargo para los domiciliados el día 5 de agosto.

Los recibos se pueden liquidar con tarjeta a través de la sede electrónica municipal o de forma presencial en las oficinas de recaudación, situadas en la Plaza de la Constitución, 1, en horario de 10:00 a 13:00. También aceptan los pagos Caixabank, Santander y BBVA.

Domiciliar los recibos tiene premio. El Ayuntamiento ofrece bonificaciones del 3 por ciento, que suben al 5 si se realiza a través del Sistema Especial de Pago Tributario.

No te despistes. Si pasa el plazo voluntario, Hacienda empezará a sumar intereses de demora y recargos por la vía ejecutiva.

El padrón estará expuesto al público durante veinte días hábiles desde este anuncio. Es el margen que tienes para consultar los datos o presentar cualquier reclamación ante la Alcaldía si detectas algún error.

Recuerda actualizar tus datos. Es obligatorio informar al Ayuntamiento si cambias de cuenta, de domicilio o de teléfono para evitar problemas en las notificaciones.

Los recursos de reposición se pueden presentar en el plazo de un mes, y los contencioso-administrativos en dos, contados ambos desde el fin del periodo de información pública. La vía administrativa para cobrar no se detiene mientras dure el recurso.

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