Familia, Juventud y Asuntos Sociales·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

Madrid modifica el reglamento de las entidades colaboradoras urbanísticas

El Ayuntamiento abre el periodo de información pública para ajustar el funcionamiento de las entidades de verificación. Tienes 30 días para revisar los cambios.

Los profesionales del sector y los interesados en la fiscalización urbanística de la capital tienen desde esta semana una cita con el texto normativo que regula quién y cómo verifica las obras en Madrid. El Ayuntamiento ha puesto sobre la mesa una actualización del reglamento que coordina a las entidades colaboradoras urbanísticas (las conocidas como ECU), y el proceso de cambios ya está en marcha.

Datos clave

Plazo
30 días naturales
Qué hacer
Consultar, examinar y formular alegaciones
Dónde consultar
www.madrid.es
Destinatario
Oficina de la Secretaría de la Junta

El proyecto inicial, aprobado por la Junta de Gobierno el pasado 18 de junio, busca modificar la normativa vigente desde 2022. La intención es ajustar el régimen de inspección y control de estas entidades, un engranaje clave para que las licencias y las obras sigan su curso con las garantías exigidas por el municipio.

Si tienes algo que decir sobre estas modificaciones, el momento es ahora. La administración ha abierto un periodo de información pública que se extiende durante 30 días naturales. Este plazo comienza a contar el día siguiente a la publicación de este anuncio en el boletín oficial regional.

El expediente está a tu disposición en la web municipal para que no te pierdas ni una coma de la nueva propuesta. Puedes consultar los detalles técnicos del texto desde tu casa o cualquier oficina con conexión a internet.

Si tras la lectura crees que algo debe cambiarse, tienes la vía abierta para presentar tus alegaciones. Deben formularse por escrito y dirigirse específicamente a la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno.

Tienes varias opciones para entregarlas. Puedes acudir a cualquier registro del Ayuntamiento de Madrid o emplear cualquiera de las formas admitidas por la ley de procedimiento administrativo, asegurándote siempre de que tu escrito llegue a su destino en tiempo y forma.

La normativa está en revisión.

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