San Lorenzo de El Escorial regula las armas de aire comprimido
Si tienes una carabina o pistola de aire comprimido, la nueva ordenanza de San Lorenzo de El Escorial te obliga a revisar tus trámites y obligaciones. Multas y plazos.
Si tienes una carabina o una pistola de aire comprimido en casa, tu relación con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial ha cambiado esta semana. El Pleno ha aprobado definitivamente la nueva ordenanza municipal que regula la tenencia y el uso de las armas de categoría 4ª, poniendo orden en un ámbito que hasta ahora dependía únicamente de la normativa estatal. La norma ya es una realidad.
Datos clave
- Multa máxima
- 1.500 €
- Plazo declaración
- 15 días tras adquisición
- Vigencia tipo A
- 5 años
- Plazo aviso pérdida
- 3 días
El documento establece reglas claras para el uso de armas de aire comprimido, tanto para particulares como para los establecimientos que las venden o los espacios donde se practique tiro. Si ya posees una de estas armas, el texto te obliga a comunicarlo al Ayuntamiento en un plazo de 15 días desde su adquisición, un trámite que se suma a la comunicación que ya debías realizar ante la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
Para obtener o renovar tu tarjeta de armas, deberás estar empadronado en el municipio, ser mayor de 14 años, carecer de antecedentes penales y contar con un informe de aptitud psicofísica emitido por centros oficiales. La tarjeta tipo A, para pistolas y carabinas semiautomáticas o de repetición, tendrá una vigencia de 5 años. Las de tipo B, para armas de un solo tiro o de muelle, serán permanentes.
El uso negligente o temerario está prohibido, al igual que emplear armas bajo los efectos de bebidas alcohólicas o estupefacientes. Además, la ordenanza veta el uso de auriculares mientras se maneja el arma en espacios públicos o instalaciones municipales. El incumplimiento de estas normas puede salir caro: las infracciones leves se sancionan con multas de hasta 700 euros, mientras que las graves pueden alcanzar los 1.500 euros.
El transporte también se detalla con precisión. Las armas deben viajar siempre desmontadas y guardadas en sus cajas o fundas durante el trayecto. No se permite portar, exhibir o usar armas en espacios públicos o locales abiertos que no estén específicamente autorizados para la práctica de tiro.
Si tu arma es antigua y carece de número de serie, el trámite incluye una visita obligatoria a un armero cualificado para que proceda al troquelado y asigne un número de registro. Sin este paso, el arma no podrá ser documentada correctamente ante la administración municipal.
Ante cualquier pérdida, destrucción o sustracción de tu arma o de la tarjeta, tienes un plazo máximo de tres días para notificarlo al Ayuntamiento. La misma brevedad se exige si decides transmitir el arma a otra persona, caso en el que el escrito deberá estar firmado por ambos y entregarse en un plazo de siete días hábiles.
La normativa también regula la autorización de espacios para actividades de tiro, que deberán ajustarse a las condiciones de seguridad y reducción de molestias que la Policía Local supervisará en cada caso. Las solicitudes presentadas antes de esta publicación seguirán su curso bajo las reglas previas, pero todo lo nuevo ya se rige por este texto.
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