Medio Ambiente, Agricultura e Interior·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

Torres de la Alameda fija en 550 € el precio de las casetas festivas

Las peñas de Torres de la Alameda ya conocen el coste de sus casetas modulares para las fiestas patronales. El acuerdo municipal detalla el precio, el plazo de reembolso y las condiciones de uso de los módulos metálicos.

Las peñas de Torres de la Alameda ya tienen el marco económico fijado para sus próximas fiestas patronales. La Junta de Gobierno Local ha oficializado el precio público por el servicio de casetas modulares, un elemento esencial para garantizar que el almacenamiento de bebidas y enseres durante los festejos se realice en instalaciones seguras y adecuadas.

Datos clave

Cuantía
550,00 € por unidad
Entrega
Aproximadamente el 28 de septiembre
Recogida
Aproximadamente el 8 de octubre
Gestión
Autoliquidación al solicitar

El coste por unidad se ha fijado en 550,00 euros. Esta cantidad debe abonarse mediante autoliquidación en el mismo momento en que la peña solicite el servicio a través del modelo facilitado por la tesorería municipal.

La organización prevé que la entrega de estos módulos metálicos se realice alrededor del 28 de septiembre, con una recogida estimada para el 8 de octubre. Estos plazos, sin embargo, podrán ajustarse cada año según los planes concretos de los festejos.

Si el Ayuntamiento tuviera que denegar la autorización, los interesados podrán solicitar la devolución del dinero ingresado. Del mismo modo, si alguna peña decide darse de baja, se le reembolsará el pago siempre que avise con al menos siete días de antelación sobre la fecha prevista de entrega.

La responsabilidad sobre el uso de estas instalaciones recae directamente en las personas físicas o jurídicas que se beneficien del servicio. En el caso de las peñas, los representantes legales serán quienes deban responder frente a cualquier daño que pueda sufrir la caseta o el mobiliario que se incluya con ella.

Las deudas pendientes por este concepto podrán exigirse por la vía de apremio. Toda la normativa se rige por lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la propia ordenanza municipal. Contra este acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación.

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