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Integración en la categoría de Médico de Cuidados Paliativos en Madrid

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La Consejería de Sanidad convoca la integración voluntaria para médicos que ejercen en cuidados paliativos. Te explicamos los plazos, el requisito de acreditación y cómo presentar tu solicitud electrónicamente.

La Consejería de Sanidad ha abierto finalmente la puerta a la integración voluntaria en la nueva categoría estatutaria de Médico de Cuidados Paliativos. Se trata de un proceso dirigido al personal estatutario fijo que, en los últimos diez años, ha estado desempeñando estas funciones en unidades específicas del Servicio Madrileño de Salud durante al menos cuatro ejercicios completos.

Datos clave

Cierra en 21 días
Plazo
Hasta el 30 de octubre de 2026
Cómo solicitar
Sede electrónica de la Comunidad de Madrid
Beneficiario
Personal estatutario fijo del SERMAS
Requisitos
Título de médico especialista y 4 años de experiencia

Si eres facultativo especialista o médico de ESAD, este es tu momento. El proceso no es obligatorio, pero sí requiere cumplir con requisitos de titulación y experiencia que la administración ya ha detallado. Debes estar en posesión de cualquier título de médico especialista en Ciencias de la Salud para poder optar a esta nueva categoría.

La acreditación es la llave. Si cuentas con el Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Cuidados Paliativos (DAP), el trámite se simplifica enormemente, ya que no necesitas presentar un certificado de funciones adicional. En caso contrario, deberás aportar la certificación de tu gerencia que acredite tu desempeño positivo en unidades como ESAPD, ESPH, UCPA, UCPME, Pal24 o la unidad pediátrica integral.

El plazo oficial para presentar tu solicitud es de un mes, contando desde el miércoles 30 de septiembre. Todo el procedimiento se realiza de forma electrónica a través de la sede de la Comunidad de Madrid, utilizando firma electrónica operativa. No olvides anexar toda la documentación necesaria en el momento del registro.

Si tu solicitud no cumple con todos los requisitos en un primer momento, dispondrás de diez días hábiles para subsanar los errores. Es importante recordar que, una vez finalizado el proceso de integración, se publicará una relación provisional y tendrás treinta días naturales para realizar alegaciones o incluso presentar tu renuncia si decides no seguir adelante.

La administración comprobará de oficio tu título y tu nombramiento como estatutario fijo, pero la responsabilidad de aportar el diploma de acreditación o la certificación de funciones recae en ti. Los puestos que actualmente ocupan personal temporal también verán cambios, comunicándose a los interesados la posibilidad de vincularse a la nueva categoría si cumplen con el perfil requerido.

La integración no es solo un cambio de nombre: implica mantener tu condición con todos los derechos y obligaciones del Estatuto Marco del Personal Estatutario. Una vez resuelta la convocatoria, tu carrera profesional se integrará en la nueva categoría, computándose todos los servicios prestados previamente a todos los efectos.

El silencio administrativo no tiene cabida aquí. Si decides no participar o si no reúnes los requisitos, tu puesto actual se declarará a extinguir, pero conservarás tus derechos y funciones. La gerencia correspondiente se encargará de adaptar las plantillas orgánicas una vez concluido el proceso.

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