Medio Ambiente, Agricultura e Interior·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

IMIDRA estrena nuevo reglamento de organización y funcionamiento

El organismo investigador de la Comunidad de Madrid actualiza sus normas internas para ganar agilidad administrativa y racionalizar su estructura organizativa.

El Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) estrena traje nuevo. Un decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid pone al día su reglamento de organización y funcionamiento, dejando atrás normas que, en algún caso, databan de 1998. El objetivo no es otro que adaptar la casa a la realidad actual y a las leyes estatales de régimen jurídico que han ido marcando el paso en los últimos años.

Datos clave

En vigor
5 de septiembre de 2026
Qué cambia
Nueva estructura y Secretaría General
Mandato vocales
4 años

La principal novedad en los pasillos de la institución es la creación de una Secretaría General con rango de subdirección. La idea es que este nuevo eje, junto a la subdirección general de investigación y desarrollo rural, permita una coordinación más ágil y un reparto de tareas menos fragmentado. El texto busca, sobre el papel, evitar duplicidades y ordenar mejor los recursos.

El reglamento también redefine cómo se compone y funciona el Consejo Asesor del IMIDRA. Se detalla el proceso para que entidades e instituciones propongan a sus representantes, con un sistema de rotación bienal para las universidades públicas madrileñas. Los vocales tendrán un mandato de cuatro años, salvo en este caso rotatorio, y el cargo no conlleva ninguna retribución económica.

El documento entra en vigor este sábado, el día siguiente a su publicación. Quedan derogados tanto el reglamento de 1998 como el decreto de 2001 sobre la composición del Consejo de Administración. La nueva norma busca, según consta en la ficha, una estructura más coherente para seguir investigando y apoyando al sector agroalimentario regional.

Los cambios afectan, sobre todo, a la gobernanza interna. Los procedimientos para convocar sesiones, adoptar acuerdos y levantar actas quedan ahora fijados con el detalle que exige el marco jurídico vigente. Se abre, en definitiva, un nuevo capítulo administrativo para el instituto sin modificar sus fines esenciales.

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