Nuevas bases para las ayudas al deporte escolar en Madrid
Ver las 82 ayudas abiertas en la Comunidad de Madrid →La Comunidad de Madrid renueva el sistema de subvenciones para actividades deportivas en edad escolar. Los municipios ya tienen nuevas reglas para organizar competiciones.
Los municipios madrileños y sus entes deportivos cuentan desde este miércoles con una nueva normativa para financiar el deporte en edad escolar. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha publicado las bases reguladoras que sustituyen al modelo de 2017, buscando una gestión más ágil y un alcance más amplio para todas las edades escolares.
Datos clave
- Beneficiarios
- Municipios y entes deportivos locales
- Plazo de solicitud
- 10 días hábiles desde cada convocatoria
- Reparto presupuesto
- 75% deportistas, 25% organización
- Igualdad
- 50% femenino, 50% masculino
El cambio principal reside en la simplificación administrativa. Si anteriormente la carga documental resultaba pesada, estas nuevas bases reducen los requisitos a los documentos estrictamente necesarios para la concesión. La intención es que los ayuntamientos, o sus entes de carácter público sin ánimo de lucro, pierdan menos tiempo entre oficinas y más tiempo sobre la pista.
La partida se repartirá en régimen de concurrencia competitiva, con criterios claros de valoración. Hasta un 75 por ciento del presupuesto se destinará a la participación de deportistas, con un reparto equilibrado al 50 por ciento entre chicos y chicas para promover la igualdad desde la infancia. El 25 por ciento restante se reserva para la organización de competiciones, incluyendo las zonales, finales y las mancomunadas.
Todo el trámite se centraliza en la sede electrónica regional. Los archivos deberán subirse de manera individual en formato PDF, sin ficheros comprimidos ZIP, y con nombres que faciliten su lectura. Es un detalle operativo que los técnicos de la Comunidad agradecerán para evitar cuellos de botella en la fase de instrucción.
El proceso de solicitud se abrirá formalmente tras la publicación de la convocatoria específica en el boletín. Una vez abierta la ventanilla, los interesados dispondrán de diez días hábiles para presentar sus peticiones. La transparencia es total: la relación de solicitudes admitidas y excluidas se hará pública en la página web oficial.
Quedan atrás las viejas reglas. La Orden 1660/2017 es historia.
La gestión ya no admite excusas. Los beneficiarios deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social desde el inicio hasta el cobro de la ayuda. Se mantendrá el requisito de no contar con sentencias firmes por delitos sexuales para todo el personal, incluidos voluntarios, que trabaje con menores.
La Consejería se reserva el derecho a revocar la ayuda si se altera la finalidad deportiva o si se detecta obstrucción en las labores de control. La sostenibilidad financiera y la estabilidad presupuestaria son los dos pilares que marcarán cada convocatoria anual.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.