Ayudas para autónomos en Madrid: qué cubre el nuevo programa
Ver las 83 ayudas abiertas en la Comunidad de Madrid →Si eres autónomo en la región y necesitas contratar una sustitución o cubrir tus cuotas por baja, estas son las cuantías máximas y los requisitos básicos de la nueva convocatoria foral.
Si eres autónomo en la Comunidad de Madrid, la conciliación y los imprevistos de salud tienen desde esta semana un nuevo cauce de apoyo económico. La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha publicado las bases que regularán las próximas subvenciones para quienes necesiten cubrir su actividad por motivos familiares o de salud.
Datos clave
- Línea 1
- Hasta 1.250 € al mes por sustitución
- Línea 2
- Máximo 1.606 € al mes por cuotas
- Acceso
- Sede electrónica de la Comunidad
- Criterio
- Orden cronológico de solicitud
El programa se divide en dos líneas bien diferenciadas. La primera está pensada para cubrir el coste de contratar a alguien que te sustituya cuando te encuentres en periodos de descanso por nacimiento, adopción, acogimiento o riesgos durante el embarazo o lactancia, además de por incapacidad temporal superior a los 120 días. La cuantía puede llegar hasta los 1.250 € mensuales, dependiendo de la situación y del contrato realizado.
La segunda línea busca aliviar el peso de las cuotas a la Seguridad Social durante los días que te encuentres de baja por incapacidad temporal. Aquí el límite máximo se sitúa en 1.606 € al mes, siempre sin exceder el importe real de las cuotas que hayas abonado efectivamente en ese periodo.
Para acceder a cualquiera de estas ayudas, el primer paso es estar dado de alta como autónomo en el régimen correspondiente o en una mutualidad alternativa y, por supuesto, estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. También deberás desarrollar tu actividad dentro de nuestra región.
El proceso de concesión será mediante concurrencia competitiva simplificada. Esto significa, en la práctica, que el orden cronológico de entrada de tu solicitud en el registro electrónico será el factor determinante para el reparto de los fondos. Si los fondos se agotan, se acabó la partida.
Recuerda que todas las gestiones se realizarán exclusivamente de forma electrónica a través de la sede de la Comunidad de Madrid. Necesitarás tener a mano tu certificado digital, ya que es el único puente para tramitar estas ayudas sin errores de forma.
Las dos líneas son compatibles entre sí, pero no se pueden solapar con otras ayudas que financien la misma actividad si el importe total supera el coste del contrato o de las cuotas. Si solicitas la ayuda para contratar a alguien, recuerda que esa persona debe estar inscrita como demandante de empleo en las oficinas regionales al menos un día antes de formalizar el contrato.
Cada nacimiento o adopción solo da derecho a solicitar la primera línea una vez. La segunda, por incapacidad temporal, tiene un límite de una ayuda por año natural. El expediente ya es oficial.
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