Economía, Hacienda y Empleo·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

Ayudas de 15.756 € para empresas de inserción en Madrid: convocatoria 2026

Plazo de solicitudCerrado el 28 de julio de 2026
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Las empresas de inserción madrileñas ya pueden solicitar las ayudas por cada puesto creado o mantenido. Hay más de 4,7 millones de euros en juego y un plazo de solicitud ajustado.

Las empresas de inserción madrileñas que durante el último año han apostado por contratar a personas en situaciones de vulnerabilidad cuentan desde hoy con un respaldo financiero. La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha lanzado su convocatoria de 2026, dirigida a sufragar los costes salariales y de Seguridad Social que estas entidades asumen al integrar a trabajadores con dificultades especiales.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 28 de julio de 2026
Módulo por puesto
15.756 €
Fondo total
4.730.000 €
Periodo cubierto
1 de septiembre de 2025 al 30 de junio de 2026

El programa, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus, destina un fondo global de 4.730.000 euros para esta línea de ayudas. El cálculo de la cuantía se articula mediante módulos económicos fijos: la administración regional aporta 15.756 euros por cada puesto de trabajo, ya sea nuevo o mantenido, siempre que la jornada sea completa y se cumpla el ciclo anual de 12 meses.

La convocatoria tiene una ventana temporal de retroactividad que alcanza a los contratos ejecutados desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 30 de junio de 2026. Es un alivio económico para las estructuras de inserción que llevan meses sosteniendo esas plazas en sus centros de trabajo dentro de la Comunidad de Madrid.

Para acceder a estos fondos, las empresas deben estar debidamente inscritas y calificadas en el Registro Administrativo de Empresas de Promoción e Inserción Laboral. Aquellas que se encuentren en proceso de calificación también pueden solicitar la ayuda, aunque la resolución final del expediente estará condicionada a que obtengan dicho estatus administrativo.

El cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social resulta innegociable. No estar incursos en ninguna de las prohibiciones de la Ley General de Subvenciones es el filtro básico que marca la normativa.

Los modelos normalizados de solicitud ya se encuentran disponibles en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. El tiempo apremia.

El plazo es muy breve: 10 días hábiles.

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