Medio Ambiente, Agricultura e Interior·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

Cambian las reglas para las ayudas a razas autóctonas en Madrid

La Comunidad de Madrid actualiza las bases para conservar el patrimonio genético ganadero. Se flexibilizan los plazos, se endurece la justificación de gastos y se crea un comité específico para evaluar las solicitudes.

Si formas parte de una asociación de razas autóctonas en la Comunidad de Madrid, toma nota: las reglas del juego para obtener las ayudas de conservación de recursos genéticos han cambiado. La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior ha publicado una modificación que ajusta cómo se gestionan estos fondos, alineándose con el plan estratégico de la PAC hasta 2027.

Datos clave

Entrada en vigor
24 de julio de 2026
Beneficiario
Asociaciones de razas autóctonas
Recurso
2 meses, contencioso-administrativo

El cambio más llamativo afecta a la flexibilidad. A partir de ahora, las convocatorias podrán estructurarse en planes plurianuales de hasta tres años de duración. Se busca así una mayor agilidad en la gestión de unos compromisos que, por contrato, deberán mantenerse durante ese mismo periodo.

Hay novedades en el papeleo. Se añade la obligatoriedad de presentar una declaración responsable sobre la moderación de costes de cada anualidad. Si tus gastos se proyectan a más de un año, deberás justificar esos importes al pedir el pago de la anualidad o cuando solicites cualquier modificación.

El control se refuerza con la creación de un nuevo Comité Técnico de Evaluación. Estará presidido por el Jefe de la División de Ayudas FEADER y contará con tres vocales funcionarios, además de un secretario. La norma busca blindar la transparencia en un proceso donde el nivel 24 es el requisito mínimo para los vocales.

Ojo a las solicitudes de cambio. Si tu asociación necesita modificar el programa de actividades, recuerda que solo se permite una petición por anualidad y expediente. La norma es clara: no se admitirán cambios que alteren los objetivos estratégicos ni que incrementen el presupuesto total ya concedido.

La documentación para justificar gastos de personal también se detalla con precisión quirúrgica. Ahora es obligatorio incluir el contrato o adenda del trabajador, las nóminas con sus percepciones extrasalariales, la relación nominal de trabajadores y los recibos de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social.

La norma entra en vigor este 24 de julio de 2026. Solo afecta a futuras convocatorias. Los procesos previos mantienen sus reglas originales. Si te surge cualquier duda sobre tu expediente, el camino administrativo ya no admite recurso ante la Consejería. Tienes dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

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