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Ayuntamiento de Benahavís·Boletín Bien de Málaga,

Las nuevas retribuciones de los concejales en el Ayuntamiento de Benahavís

El Pleno ha cerrado los salarios para los cargos con dedicación exclusiva y parcial. Conoce las cinco cuantías exactas que cobrarán los ediles tras la última modificación.

El Ayuntamiento de Benahavís ha terminado de ajustar las retribuciones de sus cargos políticos y, desde esta semana, ya es oficial cómo quedan los sueldos de cinco miembros de la corporación. El acuerdo, que fue ratificado en la sesión plenaria del pasado 29 de mayo y que ahora se publica para conocimiento público, establece una estructura salarial que diferencia entre la dedicación exclusiva y la parcial al 75 por ciento.

Datos clave

Sueldo dedicación 100%
56.286,52 € anuales para 3 tenientes de alcalde
Sueldo dedicación 75%
42.214,89 € anuales para 2 cargos
Recurso reposición
1 mes ante el Pleno del Ayuntamiento
Recurso contencioso
2 meses ante los juzgados de Málaga

Tres de los concejales, que ostentan el cargo de teniente alcalde, percibirán una retribución anual de 56.286,52 euros por su dedicación exclusiva. Se trata de Isabel María Guerrero Sánchez, M. Ángeles Padilla Ruiz y M. Ángeles Mena Muñoz. Estas cantidades, al tratarse de dedicación plena, se sitúan como las más elevadas del grupo afectado por este expediente municipal.

Por otro lado, la modificación también contempla las retribuciones para aquellos cargos que mantienen una jornada parcial del 75 por ciento. En este grupo se encuentran Scott Marshall, en su calidad de teniente alcalde, e Ignacio López Álvarez, como concejal. Ambos recibirán un sueldo de 42.214,89 euros anuales.

El expediente 1919/2026, firmado por el alcalde José Antonio Mena Castilla el pasado 18 de junio, pone fin a la vía administrativa en el municipio. Los detalles se han hecho públicos tras la aprobación definitiva del pleno, marcando la retribución final para estos cinco responsables políticos.

Si algún ciudadano considera necesario recurrir este acuerdo municipal, el boletín detalla los plazos legales vigentes. Existe un mes de tiempo para interponer un recurso de reposición potestativo ante el propio Pleno del Ayuntamiento, o bien un plazo de dos meses si se decide optar directamente por la vía contencioso-administrativa ante los juzgados de Málaga.

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