Si tienes puesto en el mercadillo de Coín, esto te interesa
El Ayuntamiento ya tiene listo el padrón de la tasa de ocupación de 2026. Te contamos cuándo pasan el cobro y qué debes hacer si no recibes el aviso en tu buzón.
Los vendedores que operan en los mercadillos de Coín ya tienen sobre la mesa el padrón fiscal correspondiente al ejercicio de 2026. El documento, que cuenta con el visto bueno del alcalde Francisco Javier Santos Cantos tras el decreto firmado el pasado 15 de junio, marca el ritmo de las obligaciones tributarias para quienes ocupan la vía pública en el municipio.
Datos clave
- Periodo de pago
- Del 15 de junio de 2026 al 14 de agosto de 2026
- Cargo domiciliado
- 20 de julio de 2026
- Exposición pública
- 1 mes desde el día siguiente a la publicación
- Qué hacer si no recibes
- Retirar el documento de pago en el Área Económica del Ayuntamiento
Si eres uno de los afectados, ten en cuenta que el periodo de pago en voluntaria ya ha comenzado y se mantendrá abierto hasta el 14 de agosto de 2026. No esperes a recibir el documento de pago en casa: si el aviso se extravía o simplemente no llega, la obligación de abonar la tasa persiste. En ese caso, deberás acudir personalmente a las oficinas del Área Económica del Ayuntamiento para solicitar una copia y evitar futuros recargos.
Para quienes tienen la cuota domiciliada, el cargo se hará efectivo en vuestras cuentas bancarias el 20 de julio de 2026. Es la fecha marcada en el calendario para el grueso de los recibos automatizados, lo que ahorra el paseo a las entidades colaboradoras que sí deben dar el resto de los contribuyentes.
El padrón estará expuesto al público en el tablón de anuncios del Consistorio durante un mes, contando a partir del día siguiente a la publicación de este edicto. Este es el momento para revisar los datos, ya que una vez finalizado el periodo de cobro, cualquier deuda pendiente entrará automáticamente en vía de apremio, sumando intereses de demora y las correspondientes costas.
Si detectas algún error en tu cuota o en los datos del padrón, dispones de un mes para interponer un recurso de reposición. Este plazo empezará a contar una vez se cierre el periodo de exposición pública. Recuerda que, salvo excepciones muy concretas que marca la Ley de Haciendas Locales, presentar el recurso no detiene el cobro de la tasa, por lo que conviene estar al día mientras se tramita cualquier reclamación.
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